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Subvenciones para prestamos a titulares de explotaciones agrícolas de frutales de hueso y pepita, de tomate y viñedo afectados por tormentas de granizo (julio 2016), de cereal de secano y de cerezo y a titulares de ganado bovino y caprino

Subvenciones para prestamos a titulares de explotaciones agrícolas de frutales de hueso y pepita, de tomate y viñedo afectados por tormentas de granizo (julio 2016), de cereal de secano y de cerezo y a titulares de ganado bovino y caprino

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 01 de octubre de 2017
  • Hasta: 14 de noviembre de 2017

 

Finalidad

Financiar los préstamos para la adquisición de  circulante a titulares de explotaciones agrícolas de cereales de secano de todo el ámbito  regional, de cerezo de toda la provincia de Cáceres, de frutales de hueso y pepita y de  tomate que hubiesen asegurado sus producciones en los términos municipales de Don  Benito, Villanueva de la Serena, La Haba, Villar de Rena, Valverde de Mérida, Miajadas,  Campanario, Bienvenida, Solana de los Barros y Novelda, de viña que hubiesen asegurado  sus producciones en los términos municipales de Solana de los Barros y Bienvenida, así como a titulares de explotaciones ganaderas de bovino y caprino radicadas en Extremadura que hayan sufrido casos positivos de tuberculosis en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis durante el ejercicio 2016

 

Destinatarios

  • Personas físicas

  •  

Beneficiarios:

a) Los titulares de explotaciones agrícolas de los siguientes cultivos: cereales de secano de todo el ámbito regional, cerezo de toda la provincia de Cáceres, de frutales de hueso y pepita y de tomate de los términos municipales de Don Benito, Villanueva de la Serena, La Haba, Villar de Rena, Valverde de Mérida, Miajadas, Campanario, Bienvenida, Solana de los Barros y Novelda, de viñedo de los términos municipales de Bienvenida y Solana de los Barros, inscritas en el registro de explotaciones agrarias de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio a 31 de diciembre de 2016.

b) Los titulares de explotaciones ganaderas de bovino y caprino radicadas en Extremadura que hayan sufrido casos positivos de tuberculosis en el marco de los programas nacionales de lucha, control o erradicación de la tuberculosis durante el ejercicio 2016.

 

Requisitos

Para que los préstamos puedan resultar subvencionables al amparo de este decreto, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Formalizarse en pólizas en las que figure expresamente la finalidad de adquisición del circulante de la explotación identificada por su número de inscripción en el registro de explotaciones agrarias de Extremadura, así como el número del préstamo cuyos intereses constituyen el objeto de fomento.

b) El importe máximo de los préstamos será el que conste en el documento de reconocimiento del derecho a solicitar la obtención de la condición de beneficiario y el mínimo será de 3.000,00 euros.

c) El plazo de amortización será de treinta y seis meses.

d) El tipo de interés del préstamo será fijo y como máximo del 2 %, tanto para los préstamos que aporten aval constituido por SAECA y/o EXTRAVAL, como para los que no lo aporten.

e) No generar comisión de estudio ni comisión por amortización parcial o total anticipada.

f) La amortización se practicará anualmente, por cuotas constantes y lineales y por períodos vencidos.

g) La liquidación de intereses será anual.

h) La comisión de apertura será como máximo del 0,5 % del volumen del préstamo formalizado.

 

Tipo y cuantía

La subvención consistirá en la subsidiación con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura del tipo de interés del préstamo subvencionable, que  no podrá ser superior al 2 %, sin perjuicio, de que, si el crédito presupuestario no fuera suficiente,  se reducirá por igual el porcentaje de intereses subsidiados en la cuantía que permita la disponibilidad presupuestaria.

 

Documentación

La solicitud contendrá declaración responsable sobre las ayudas de mínimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y el presente ejercicio fiscal, y a la misma se acompañará:

a) En caso de denegación de comprobación de oficio, certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, con la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Autonómica.

b) En su caso, la documentación que acredite la representación. No será necesario presentar este documento cuando la representación coincida con la admitida en la solicitud de pagos directos de la política agraria común o declaraciones al Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura. Tampoco será necesaria la presentación cuando el documento ya obrare en poder de cualquier Administración Pública; en este supuesto será necesario que el interesado indique en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó el citado documento. El órgano instructor considerará acreditada la representación cuando hubiera sido admitida por dicho órgano en procedimiento de otorgamiento de subvenciones para primas de seguros agrarios combinados en las anualidades de 2016 o 2017.

c) Copia de la póliza de préstamo a subvencionar o certificado bancario de su formalización comprensivo de los extremos referidos en las letras a) a h) del artículo 4 del Decreto 98/2017, de 27 de junio.

La solicitud de subvención, debidamente formalizada y suscrita, se unirá a la propia póliza de préstamo.

 

Tipo de financiación

Préstamo

 

Normativa

 

Más información

Web del Portal del Ciudadano

Órgano gestor

SERVICIO DE PRODUCCIÓN AGRARIA
AVDA. LUIS RAMALLO, S/N
06800 MERIDA
produccion.agraria@juntaex.es
924002410