Convocatórias
Ayudas para la consolidación y modernización de regadíos en Extremadura 2019
Ayudas para la consolidación y modernización de regadíos en Extremadura 2019
Convocatoria
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Plazo de presentación
- Desde: 09 de mayo de 2019
- Hasta: 09 de julio de 2019
Finalidad
Establecer un régimen de concesión de ayudas a las Comunidades de Regantes de Extremadura para la consolidación y modernización de regadíos, mediante actuaciones en la red de riego que permitan garantizar las dotaciones de agua de riego necesaria a los regantes, y/o las necesarias para presurizar la red de riego con el fin de hacer posible el cambio del sistema de riego en parcela, sobre una superficie de riego delimitada (superficie significativa de la zona regable).
Destinatarios
- Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)
- Otros
Corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca, ya sean Comunidades de Regantes u otras Comunidades de Usuarios de Aguas principalmente vinculadas al regadío, que estén establecidas en zonas regables de iniciativa pública situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, y cuyos estatutos u ordenanzas hayan sido aprobados administrativamente por el Organismo de Cuenca.
Requisitos
Deberán concurrir en las entidades destinatarias de la ayuda las siguientes circunstancias:
1. No hallarse incursas en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo suficiente la aportación, para la acreditación de este extremo, la declaración responsable dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención de conformidad con el modelo que figura como anexo I.
2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, la Hacienda autonómica y la Seguridad Social.
3. Disponer del correspondiente derecho para el aprovechamiento hidráulico con destino a riego y reconocido por el Organismo de Cuenca, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
Así mismo, a los efectos de la ayuda FEADER, para que una inversión en instalaciones de riego sea elegible debe cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 45 y 46 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al FEADER. Estas condiciones serán excluyentes y deberán cumplirse todas a fin de que el proyecto pueda ser elegible.
Tipo y cuantía
1. Para que el proyecto de la operación sea subvencionable se han de cumplir los siguientes requisitos:
- Debe incluir las actuaciones necesarias para que una o varias superficies de riego delimitadas queden consolidadas y/o modernizadas, de acuerdo con las definiciones del artículo 2 de la presente orden.
- Deberá contemplar al menos la instalación de un sistema de medición del agua al inicio de la red de riego que suministra el agua a cada una de las superficies de riego delimitadas citadas, o bien disponer ya de éstos.
- No supondrá un incremento de la superficie regada.
2. Se entenderán como costes subvencionables los siguientes:
a. Las infraestructuras de riego, que se relacionan a continuación:
- Obras de consolidación de regadíos: infraestructuras para reducir y evitar las pérdidas de agua en las redes de transporte y distribución de agua (recogidas en el punto 4 del artículo 2 de la presente orden).
- Obras de modernización de regadíos: sustitución de la red de riego existente por red de riego presurizada, balsas de riego, instalaciones de bombeo, equipos de filtrado y otros elementos que mejoren la gestión de recursos en la zona regable e infraestructura asociada (recogidas en el punto 5 del artículo 2 de la presente orden).
- Sistemas de medición del agua tanto de la infraestructura como la que sirve a las explotaciones.
b. Honorarios para la redacción de proyecto técnico, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud.
3. El coste subvencionable se determinará como la suma de los siguientes conceptos (todos estos conceptos se consideran sin incluirse el Impuesto sobre el Valor Añadido):
a) Presupuesto de ejecución material de las inversiones en obras e instalaciones recogidas en el apartado 2. a).
b) Honorarios de redacción de proyecto, dirección de obras y coordinación de seguridad y salud, que será como máximo, para cada uno de los conceptos, un 3 % de los costes subvencionables recogidos en el apartado 2.a). Los honorarios totales a percibir por los tres conceptos se establece en un mínimo de 1.000 € y un máximo de 20.000 €.
4. La cuantía del coste subvencionable será como máximo de 750.000 € y como mínimo de 100.000 € por entidad beneficiaria y convocatoria de ayudas.
5. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
La cuantía de la ayuda con carácter general expresada en porcentaje del importe del coste subvencionable, será del 80 %. Este porcentaje se incrementará en los casos siguientes:
a) 10 % en el caso de que más del 50 % de la superficie regable de la Comunidad de Regantes está situada en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, y establecidas en el Decreto 198/2018, de 18 de diciembre, por el que se regula la ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) 10 % adicional en aquellas inversiones de balsas de almacenamiento o infraestructuras de almacenamiento.
c) 10 % en el caso de inversiones para la instalación de contadores o sistemas de medición del agua consumida.
En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 100 % del importe del coste subvencionable, ni superar los 600.000 € por convocatoria y entidad beneficiaria.
Documentación
- Formularios de solicitud
- Anexos
- Solicitud, que se cumplimentará a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería competente en materia de desarrollo rural: http://www.juntaex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo (aplicación informática “ARADO”). Deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
- Proyecto redactado por personal técnico competente en materia de regadíos, aportándose un ejemplar original en formato papel y otro en formato digital, que se compondrá de forma general, por los documentos recogidos en el artículo 9 de la orden de convocatoria.
- Fotocopias de Estatutos, Ordenanzas o Convenio específico aprobado por el Organismo de Cuenca, salvo que se hubieran aportado en anteriores convocatorias de ayuda y no se hubiesen producido modificaciones referentes a los mismos.
- Certificado del acuerdo adoptado por la Comunidad de Regantes que incluya lo siguiente:
- Representación que ostenta la persona física que suscribe la solicitud, salvo que exista poder notarial que se podrá consultar a través de la Red SARA (Servicios y Aplicaciones en Red para las Administraciones), autorizándolo para realizar todos los trámites administrativos relacionados con la ayuda, incluida la aceptación de la misma.
- Autorización de acogerse a la ayuda establecida en la correspondiente Orden de convocatoria.
- Declaración de la Comunidad de Regantes relativa al procedimiento de ejecución de obra (contrata o medios propios).
- Declaración del Plan de financiación de la inversión subvencionable y el compromiso de mantenimiento de las obras objeto de financiación y pago, durante 5 años contados desde la fecha de certificación de realización de la inversión.
- Declaración del número de regantes desagregado por sexos.
- Documento donde conste la titularidad del derecho de agua para riego de la entidad solicitante.
- En caso de oponerse a la consulta de oficio, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente del Anexo II (Solicitud de ayuda), la entidad solicitante deberá aportar los siguientes documentos junto a la solicitud:
- Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI/NIE/NIF del representante legal.
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, la Hacienda Autonómica y la Seguridad Social.
Tipo de financiación
Ayudas
Normativa
- DECRETO 33/2019, de 9 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para la consolidación y modernización de los regadíos de Extremadura. (D.O.E. Nº 73, DE 15-04-2019)
- Orden de 7 de mayo de 2019 por la que se establece la convocatoria de las ayudas para la consolidación y modernización de los regadíos de Extremadura. (DOE de 8 de mayo de 2019)
- Extracto de la Orden de 7 de mayo de 2019 por la que se establece la convocatoria de ayudas para la consolidación y modernización de los regadíos de Extremadura. (DOE de 8 de mayo de 2019)
Más información
Órgano gestor
SECRETARÍA GENERAL DE DESARROLLO RURAL Y TERRITORIOAVDA. LUIS RAMALLO, S/N
sgdrytl.marpat@juntaex.es
924930171