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Ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las comunidades de regantes de Extremadura

Ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las comunidades de regantes de Extremadura

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 23 de marzo de 2019
  • Hasta: 22 de junio de 2019

 

Finalidad

La finalidad de este régimen de ayudas es financiar la realización de obras e instalaciones, auditorías energéticas así como, inversiones para la generación de energía renovable, siempre que ello suponga el ahorro y eficiencia energética y el mejor aprovechamiento de la energía en las instalaciones comunitarias de riego.

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  • Otros

  •  

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Comunidades de Regantes en zonas regables de iniciativa pública, con infraestructuras presurizadas, situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que sean titulares o gestionen infraestructuras de regadíos existentes, dispongan de su correspondiente derecho de agua, y reconocidas por el Organismo de Cuenca.

 

Requisitos

Deberán concurrir en los destinatarios de la ayuda las siguientes circunstancias:
1. No hallarse incursas en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo suficiente la aportación, para la acreditación de este extremo, la declaración responsable dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención de conformidad con el modelo que figura como anexo I.
2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, la Hacienda autonómica y la Seguridad Social.
3. Disponer del correspondiente derecho para el aprovechamiento hidráulico con destino a riego y reconocido por el Organismo de Cuenca, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.

 

Tipo y cuantía

La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.
La cuantía de la ayuda con carácter general expresada en porcentaje del importe del coste subvencionable, será del 80 %. Este porcentaje se incrementará en los casos siguientes:
a) 10 % en el caso de que más del 50 % de la superficie regable de la Comunidad de Regantes está situada en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.
b) 10 % en el caso de instalaciones de generación de energías renovables o instalaciones para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de riego.
c) 10 % en el caso de inversiones para la instalación de contadores o sistemas de medición del agua consumida.
d) 10 % el caso de sistemas de gestión y telecontrol o automatización del riego.
En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 100 % del importe del coste subvencionable, ni superar los 600.000 € por convocatoria y beneficiario.

 

Documentación

  • Formularios de solicitud
  • Anexos
  • Enlace externo a la solicitud

    Plataforma de confección de solicitudes ARADO

    • Solicitud, que  deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
     Proyecto redactado por técnico competente, que se compondrá de forma general, por los siguientes documentos:
    a) MEMORIA.
    En ella se recogen los antecedentes y situación previa a las obras, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a tener en cuenta.
    Se incluirán entre otros los siguientes anejos:
    1.º Anejo energético: para poder comparar los efectos de las actuaciones propuestas de mejora, se ha de definir la situación inicial en la que se contemple el consumo energético y económico así como, el cálculo detallado de los indicadores de ahorro de energía y/o eficiencia energética. En obras e instalaciones se determinará por la reducción del consumo energético en porcentaje y en inversiones en energía renovable se determinará en MWh/año producidos.
    — Indicadores de uso de la energía: superficie regada (ha), volumen de agua facturado (m³), Ea (consumo anual de energía activa en kW/h), Eaa (consumo de energía por unidad de superficie regada en kWh/ha), Eav (consumo de energía por volumen de agua suministrado a los regantes en kWh/m³), Cea (coste energético por unidad de superficie regada en €/ha), Cev (coste energético por volumen de agua suministrado a los regantes en €/m³) y Ge (porcentaje del gasto energético sobre los gastos totales en %). Asimismo, la Agencia Internacional de la Energía expresa sus balances de energía en una unidad común que es la tonelada equivalente de petróleo (tep), que se define como 107 kcal. y referido a electricidad, 1 MWh equivale a 0,086 tep.
    — Indicadores de eficiencia energética de la Comunidad de Regantes: se considera la eficiencia energética general (EEG) como el producto de la eficiencia energética de los bombeos (EEB) y la eficiencia del suministro eléctrico (ESE).
     La clasificación comprende cinco intervalos comprendidos entre mas del 50 % y menor del 25 %.
    2.º Documento ambiental exigible de acuerdo a la normativa vigente.
    3.º Anejo de cálculos hidráulicos en caso de ser necesario.
    b) PLANOS.
    Se incluirán planos con indicaciones georreferenciadas de las actuaciones a realizar, tanto de conjunto como de detalle, necesarios para que la obra quede adecuadamente definida y se pueda deducir de ellos las mediciones que han servido de base para la valoración de la obra.
    c) PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
    Incluye la descripción de los materiales, de las obras, y se regulará su ejecución, con expresión de la forma en que esta se llevará a cabo, de la medición de las unidades ejecutadas y el control de calidad y de las obligaciones de orden técnico que correspondan al contratista.
    d) PRESUPUESTO.
    Mide y cuantifica las inversiones a realizar en el proyecto. Puede estar integrado o no por varios parciales, con expresión de los precios unitarios y de los descompuestos, en su caso, estado de mediciones y los detalles precisos para su valoración. No se permitirán partidas alzadas. Los precios a utilizar serán los de mercado.
    e) PROGRAMA DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS O PLAN DE OBRA.
    De carácter indicativo, con previsión, en su caso de tiempo y coste de las principales tareas del proyecto.
    f) ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD O ESTUDIO BÁSICO DE SEGURIDAD Y SALUD.
    Según las normas de seguridad y salud en las obras. Se entregará un ejemplar del proyecto de obra en formato papel y en formato digital editable.

    Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI/NIE/NIF del representante legal. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
    Salvo denegación expresa del solicitante, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la solicitud de ayuda, y de conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor comprobará de oficio los datos de las referidas obligaciones.

    Certificado original de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y Seguridad Social, en el caso de que la entidad solicitante haya denegado expresamente la autorización al órgano gestor para comprobar los datos de las referidas obligaciones marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la solicitud de ayuda.

    Fotocopias de Estatutos, Ordenanzas o Convenio específico aprobado por el Organismo de Cuenca, salvo que se hubieran aportado en anteriores convocatorias de ayuda y no se hubiesen producido modificaciones referentes a los mismos.

    Certificado del acuerdo adoptado por la Comunidad de Regantes que incluya lo siguiente:
    — Representación que ostenta la persona física que suscribe la solicitud, salvo que exista poder notarial que se podrá consultar a través de la Red SARA (Servicios y Aplicaciones en Red para las Administraciones).
    — Autorización de acogerse a la ayuda establecida en la presente orden de convocatoria.
    — Autorización al representante para realizar todos los trámites administrativos relacionados con la ayuda, incluida la aceptación de la misma.
    — Declaración de la Comunidad de Regantes relativa al procedimiento de ejecución de obra (contrata o medios propios).
    — Declaración del Plan de financiación de la inversión subvencionable y el compromiso de mantenimiento de las obras objeto de financiación y pago, durante 5 años contados desde la fecha de certificación de realización de la inversión.
    — Declaración del número de regantes desagregado por sexos.

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa

 

Más información

Portal del Ciudadano

Órgano gestor

SERVICIO DE REGADÍOS Y COORDINACIÓN DE DESARROLLO RURAL
AVDA. LUIS RAMALLO, S/N
06800 MERIDA
jesus.moreno@juntaex.es
924930174