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Ayudas para la Realización de Actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico, de Divulgación y de Transferencia de Conocimiento por los Grupos de Investigación de Extremadura 2021

Ayudas para la Realización de Actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico, de Divulgación y de Transferencia de Conocimiento por los Grupos de Investigación de Extremadura 2021

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 12 de julio de 2021
  • Hasta: 11 de agosto de 2021

 

Finalidad

Ayudas para la realización de actividades de I+D+i, de divulgación y de transferencia de conocimiento por los Grupos de Investigación Públicos inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura (en adelante Catálogo de Grupos).

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Agentes públicos del SECTI y/o sus entidades gestoras, que a continuación se relacionan, que dispongan de Grupos de Investigación inscritos en el Catálogo de Grupos:

— Universidad de Extremadura.

— Centro de Investigaciones Científica y Tecnológicas de Extremadura.

— Consorcio Ciudad Monumental de Mérida.

— Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción.

— Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón.

— Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura.

— Fundación para la Formación e Investigación de los profesionales de la Salud de Extremadura.

— Instituto de Arqueología de Mérida, adscrita a la Agencia Estatal del CSIC.

— Consorcio para la gestión de servicios medioambientales (PROMEDIO).

 

Requisitos

Requisitos del Grupo de Investigación:

1. El Grupo de Investigación debe estar inscrito, en el momento de presentación de la solicitud, en el Catálogo de Grupos conforme al Decreto 146/2018, de 4 de septiembre, por el que se regula y actualiza el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y el Currículum Vitae Normalizado de I+D+i, sin perjuicio de la norma que esté vigente.

2. Todos los integrantes del grupo deberán tener cumplimentado su Curriculum Vitae Normalizado (en adelante CVN) a través de la página https://secti.gobex.es, o la que se encuentre habilitada al efecto para este trámite que se indicará en la correspondiente convocatoria, en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.

 

Tipo y cuantía

Características y cuantía de la ayuda:

1. La duración máxima de esta ayuda será de dos años. No obstante, en cada convocatoria se establecerá el periodo de duración.

2. El Grupo de Investigación presentará el Plan de actividades de I+D+i (en adelante Plan de Actividades) que pretende realizar durante este periodo en el que especificará detalladamente el objeto y la finalidad, así como el presupuesto necesario para su desarrollo.

Se podrán realizar modificaciones del Plan de Actividades siempre que concurran causas suficientemente justificadas o que se produzcan circunstancias sobrevenidas y no previstas en el Plan de Actividades inicial.

Las modificaciones del Plan de Actividades se podrán realizar durante todo el periodo de la ejecución de la ayuda, sin necesidad de comunicarlo al órgano gestor y sin autorización previa de éste, siempre que no impliquen un cambio en las actividades subvencionables a desarrollar y/o no superen el 20% de la cuantía de la ayuda total concedida. En caso contrario, las modificaciones del Plan de Actividades deberán ser autorizadas por el órgano gestor, previa comunicación del Coordinador o Coordinadora del Grupo, que se realizará a través de la página web http://ayudaspri.juntaex.es.

3. La puntuación final otorgada a cada Grupo de Investigación será la suma de las puntuaciones obtenidas en la valoración de su Memoria de Actividades Científico-Técnicas (en adelante Memoria), correspondiente a los dos años anteriores al de la publicación de la convocatoria, la coordinación del Grupo y la integración del personal investigador doctor del grupo en Institutos Universitarios, según los criterios establecidos en el artículo 12 del decreto de bases reguladoras y primera convocatoria.

Para el cálculo de la ayuda de cada Grupo se dividirá el crédito disponible en la convocatoria por la suma de los puntos obtenidos por todos los grupos de investigación que concurran a ella, asignando un valor en euros por punto. De esta forma, la ayuda correspondiente a cada Grupo de Investigación será el resultado de multiplicar la puntuación obtenida en la valoración de su Memoria por dicha cuantía económica.

4. La cuantía a otorgar a cada Grupo de Investigación será proporcional a la puntuación final obtenida con un importe máximo de 130.000 euros para toda la vigencia de la ayuda. En el caso que la duración de la ayuda sea inferior, la cuantía se calculará proporcionalmente a la duración de las mismas.

 

Documentación

Presentación de la solicitud:

a) Una vez generada la Memoria, tal y como se indica en el precepto anterior, el Coordinador o Coordinadora del Grupo de Investigación y el o la Responsable Legal del Agente del SECTI al que pertenezca el Grupo de Investigación, presentarán conjuntamente la solicitud de la ayuda ante la Secretaría General competente en materia de I+D+i. La solicitud será realizada por la persona que coordina el grupo a través de la página web http://ayudaspri.juntaex.es, o la habilitada al efecto para este trámite que se indicará en la correspondiente convocatoria. Dicha aplicación respeta los estándares informáticos establecidos en la Plataforma Corporativa de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas de la Junta de Extremadura, elaborados por la Dirección General de Administración Electrónica y Tecnologías de la Información.

b) Contenido de la solicitud:

b.1) Instancia de solicitud de la ayuda con los datos del Agente del SECTI y del Grupo de Investigación, así como el presupuesto total solicitado y el código de referencia de la Memoria generada.

b.2) Documento PDF de la Memoria generada que se presenta para la valoración. Solo serán válidos los documentos de Memorias en los que se pueda verificar la validez de la firma del Sistema SECTI donde se generó.

El documento de la Memoria, así como su código de referencia, son obligatorios para la presentación de la solicitud de la ayuda, por lo tanto no será posible generar el documento oficial de la instancia de la solicitud de la ayuda sin el código de referencia y sin el documento PDF de la Memoria que corresponda.

b.3) Plan de Actividades de I+D+i que pretende realizar el Grupo de Investigación durante el transcurso de la ayuda, cumplimentado a través de la instancia de solicitud de la ayuda en la página web http://ayudaspri.juntaex.es, o la habilitada al efecto para este trámite que se indicará en la correspondiente convocatoria.

b.4) Copia del NIF del Coordinador o Coordinadora del Grupo de Investigación, en caso de que se oponga expresamente en la solicitud.

b.5) Documento de acreditación de pertenencia a Instituto Universitario del personal investigador doctor del Grupo de Investigación, en caso de no estar de acuerdo con los datos, recogidos en la instancia de la solicitud, obtenidos por el órgano gestor a través del Portal de Investigación de la Oficina de Transparencia y Datos Abiertos (Open Data) de la Universidad de Extremadura.

b.6) Declaración del representante legal del organismo de cumplir todos los requisitos para ser beneficiario recogidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el formulario previsto en la página web http://ayudaspri.juntaex.es, o la que se encuentre habilitada al efecto para este trámite que se indicará en la correspondiente convocatoria.

b.7) El órgano gestor recabará de oficio los certificados e informes necesarios que acrediten el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda autonómica y la Seguridad Social, salvo que los interesados se opongan expresamente.

Así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 95.1, K) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, el órgano gestor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los extremos referidos al cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria si consta la autorización de los organismos solicitantes.

En el caso de que las personas solicitantes se opongan o no autoricen las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar con la solicitud las certificaciones acreditativas de estar al corriente correspondientes.

c) Una vez cumplimentado el formulario de la solicitud en la plataforma http://ayudaspri.juntaex.es, o la que se encuentre habilitada al efecto para este trámite que se indicará en la convocatoria correspondiente, el sistema generará el documento de la instancia de solicitud de la ayuda, que deberá ser firmado y registrado en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (podrá presentarse a través de la página: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html). En caso de haber finalizado el proceso de generación de la instancia solicitud de la ayuda, a través de dicha página web, no será posible modificar ningún dato de la solicitud ni de la memoria asociada, si bien, puede realizarse una nueva solicitud iniciando de nuevo el proceso completo, siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Una vez firmada y registrada, la solicitud de la ayuda deberá subirse a la plataforma https://ayudaspri.juntaex.es, independientemente de su remisión por registro conforme a lo indicado.

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa

 

Más información

WEB DEL PORTAL DEL CIUDADANO

Órgano gestor

SERVICIO DE RECURSOS DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA PÚBLICA
PASEO DE ROMA, S/N MODULO D 2ª PLANTA
mercedes.lozano@juntaex.es
924930268