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Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores 2014 del Ministerio de Economía y Competitividad

Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores 2014 del Ministerio de Economía y Competitividad

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 10 de septiembre de 2014
  • Hasta: 26 de septiembre de 2014

 

Programa

Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i. Subprograma Estatal de Formación

 

Finalidad

Ayudas para la contratación laboral de personal investigador en formación en Universidades, OPIS, y otros centros de I+D públicos o privados sin ánimo de lucro con objeto de incrementar la cantidad y la calidad de nuevos doctores a través de la realización de sus tesis doctorales en el marco de los mejores proyectos de investigación y grupos con solvencia científica y académica demostrada.

 

Destinatarios

  • Personas físicas

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Centros de I+D que hayan obtenido una ayuda para la realización de proyectos de investigación financiados por las ayudas para proyectos de I+D del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento en el marco del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia o por las ayudas para proyectos de I+D+I “Retos Investigación” del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, respectivamente, en sus convocatorias 2013, del Ministerio de Economía y Competitividad, y que tales proyectos hayan resultado seleccionados como susceptibles de tener asociada una o más ayudas para la formación de doctores, a través de esta convocatoria., a través de esta convocatoria.

 

Requisitos

* Requisitos de los candidatos solicitantes.

1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que estén matriculados o hayan sido admitidos en un programa de doctorado, para el curso  2014/2015. El cumplimiento de este requisito podrá acreditarse hasta la fecha en la que finalice el plazo de subsanación establecido en el artículo 12 de la Resolución de convocatoria de 4 de septiembre de 2014 (BOE de 8 de septiembre de 2014).

2. No podrán ser solicitantes quienes ya estén en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera.

 

Tipo y cuantía

1. Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años, con la excepción de las minoraciones contempladas en el apartado 5 de este artículo, y  comenzarán a contar su plazo desde la fecha de incorporación del investigador contratado a su puesto de trabajo en el centro de I+D contratante.

2. La ayuda anual para cada uno de los contratos predoctorales será de 20.600 euros.

La retribución salarial mínima que deberán recibir los investigadores en formación durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de  16.422 euros brutos anuales.

No obstante, de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, cuando el personal investigador en formación obtenga el título  de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda  predoctoral. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.

Si la obtención del título de doctor tiene lugar con antelación al inicio de la última anualidad de la ayuda, se autorizará una ayuda de 25.100 euros para la  contratación, durante el POP de un año de duración, de los investigadores recién doctorados. La retribución salarial mínima que deberán recibir los   investigadores durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 19.000 euros brutos anuales.

3. La ayuda para la contratación se destinará necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores  contratados durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.

El centro de I+D contratante deberá asumir cualquier coste de contratación que exceda de la ayuda concedida, derivado de incrementos retributivos de  los salarios de los investigadores contratados, de incrementos de la cuota empresarial de la Seguridad Social, de incrementos en las tablas salariales de  los correspondientes convenios colectivos de aplicación, de la aplicación del artículo 21.d) de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y  la Innovación, o de cualquier otra circunstancia.

4. Complementariamente a la ayuda para la contratación, se concederá una única ayuda adicional de 1.500 euros por cada investigador contratado, para  financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado en una universidad española, pública o privada, correspondientes a los cursos en los  que esté matriculado durante la vigencia de la ayuda para la contratación en la etapa predoctoral.

El gasto justificable no podrá exceder de las cuantías máximas de los precios públicos por la prestación de servicios académicos universitarios  establecidas por la correspondiente Comunidad Autónoma para las universidades públicas. A los efectos de la concurrencia de la vigencia de la ayuda y  los cursos académicos, cada curso se extenderá desde el 1 de septiembre del año correspondiente al 30 de junio del año posterior, ambos días inclusive.

El gasto puede corresponder al abono por parte de los investigadores en formación de los correspondientes precios públicos o a la compensación a las  universidades de los importes de los precios públicos con motivo de la exención a los investigadores en formación del abono de los mismos.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 7.j) de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de  modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y en el artículo 2 del  Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado mediante el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, estas dotaciones económicas destinadas a financiar el coste de cursar estudios reglados están exentas de retención en concepto del Impuesto sobre la Renta de las  Personas Físicas.

5. Los períodos de disfrute anteriores de contratos predoctorales o de otras ayudas, en el marco de alguno de los Planes Nacionales de Investigación  Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, cuyo objetivo sea la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral (ayudas para la  formación de personal investigador –FPI–, ayudas para la formación de profesorado universitario –FPU–, ayudas para el desarrollo de tesis doctorales de  la «Junta de Ampliación de Estudios» –CSIC-JAE-Predoc–, ayudas para la formación de personal investigador en agroalimentación –FPI-INIA–, ayudas  predoctorales de formación en investigación en salud –PFIS–, etc.), serán descontados de la duración total de la ayuda, iniciándose el computo desde el  periodo inicial de la misma. En ningún caso, la ayuda que se conceda podrá tener una duración inferior a veinticuatro meses.

 

Documentación

* La aplicación de solicitudes estará disponible en la sede electrónica del Ministerio.

* Cada solicitante podrá presentar únicamente una solicitud. Cada solicitud vendrá referida a un proyecto de investigación.

* A tal efecto, la relación de proyectos de investigación financiados dentro del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia y del Programa “Retos Investigación” del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, y escogidos como susceptibles de tener asociada una o más ayudas para la formación de doctores son los que se incluyen a continuación. (ver información relacionada)

* Asimismo, deberá adjuntar a la solicitud, siguiendo los medios telemáticos habilitados al efecto, la siguiente documentación, por lo que sugerimos que la vaya escaneando y guardando en su ordenador:

  • Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de los ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.
  • Curriculum Vitae actualizado
  • Certificado académico correspondiente a la titulación o titulaciones (licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, máster) en el que deberá figurar el sello de la unidad que lo expide, la fecha en la que se han finalizado los estudios y las materias que constituyen el programa completo de la titulación o titulaciones indicadas, así como las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas.
  • Certificado académico correspondiente al título de máster universitario, en el que deberá figurar sello de la unidad que lo expide, la fecha en la que se han finalizado los estudios y las materias que constituyen el programa completo de la titulación o titulaciones indicadas, así como las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas.
  • Documento acreditativo de la formalización de la matrícula en un programa de doctorado o de la admisión a un programa de doctorado, para el curso 2014/2015.
  • Documento acreditativo de poseer discapacidad (>= 50%)
  • Documento acreditativo de disfrute de anteriores contratos predoctorales u otras ayudas cuyo objetivo sea la formación predoctoral contempladas en el artículo 5 de Resolución de convocatoria.

Listado de proyectos susceptibles de ayudas para contratos predoctorales 2014 (pdf 411.191 KB)

 

Tipo de financiación

Subvención

La establecida en las bases.

 

Normativa

 

Más información