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Ayudas para la Realización de Actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico, de Divulgación y de Transferencia de Conocimiento por los Grupos de Investigación de Extremadura 2018

Ayudas para la Realización de Actividades de Investigación y Desarrollo Tecnológico, de Divulgación y de Transferencia de Conocimiento por los Grupos de Investigación de Extremadura 2018

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 29 de marzo de 2018
  • Hasta: 28 de mayo de 2018

 

Finalidad

Estas ayudas nacen con la pretensión de contribuir a la mejora de las competencias de los Grupos de Investigación de Extremadura catalogados, consolidados y emergentes, dotándoles de recursos para impulsar su actividad y transferencia de conocimiento en I+D+i, fomentar la colaboración y la creación de redes, así como la internacionalización de la investigación e la interacción entre los Grupos de Investigación de los distintos Agentes del SECTI.

De esta forma, se efectua la convocatoria para el ejercicio 2018 de las ayudas para la realización de actividades de I+D+i, de divulgación y de transferencia de conocimiento por los Grupos de Investigación Públicos inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura (en adelante Catálogo de Grupos), al amparo del Decreto 14/2018, de 6 de febrero (DOE n.º 30, de 12 de febrero), y su corrección de errores publicada en el (DOE n.º 40, de 26 de febrero).

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Agentes públicos del SECTI que dispongan de Grupos de Investigación inscritos en el Catálogo de Grupos, que se relacionan: Universidad de Extremadura, Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura, Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón, Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura, Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción, Instituto de Arqueología de Mérida, Servicio Extremeño de Salud, Consorcio Ciudad Monumental de Mérida, Centro Asociado Universidad Nacional de Educación a Distancia de Mérida y Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura.

 

Requisitos

Requisitos del Grupo de Investigación:

1. El Grupo de Investigación debe estar, en el momento de presentación de la solicitud, inscrito en el Catálogo de Grupos conforme al Decreto 275/2014. de 22 de diciembre, por el que se crea el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y se regula la implantación del Currículum Vitae Normalizado de I+D+i, sin perjuicio de la norma que esté vigente en el momento de efectuarse cada una de las convocatorias.

2. El Grupo de Investigación debe incluir un mínimo de 3 doctores.

 

Tipo y cuantía

Características y cuantía de la ayuda:

1. La ayuda concedida se distribuirá entre los tres años de duración de la misma, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo para presentar la solicitud.
2. El Grupo de Investigación presentará el Plan de actividades de I+D+i que pretende realizar en los próximos tres años y la cuantía necesaria para llevarlo a cabo. Se admitirán modificaciones de hasta un 20 % de la cuantía anual en la justificación de las diferentes actividades incluidas en el Plan, sin necesidad de comunicación previa.
Dicho Plan podrá ser revisado y ajustado en la segunda y tercera anualidad, cuando se pretenda realizar actividades diferentes a las inicialmente contempladas.
La modificación del Plan de actividades de I+D+i del segundo y tercer año deberá comunicarse junto con la justificación de la anualidad anterior, a través de la página web ayudaspri.gobex.es. En cualquier caso, la modificación del mencionado Plan de actividades deberá respetar el objeto, condiciones y finalidad de la ayuda. Además la distribución de la cuantía de la ayuda se realizará según el Plan de actividades y la forma de pago establecida en el artículo 14 de la presente orden de convocatoria. No obstante, el importe total concedido para cada anualidad no podrá ser modificado.
3. La puntuación final otorgada a cada Grupo de Investigación será la obtenida en la valoración de su actividad científico-técnica, según los criterios establecidos en el artículo 11 de la actual orden de convocatoria.
Para el cálculo de la ayuda de cada Grupo se dividirá el crédito disponible en la convocatoria por la suma de los puntos obtenidos por todos los Grupos de Investigación que concurran a ella, asignando un valor en euros por punto. De esta forma, la ayuda correspondiente a cada Grupo de Investigación será el resultado de multiplicar la puntuación obtenida en la valoración de su Memoria de las Actividades Científico-Técnicas desarrolladas por el grupo (en adelante Memoria) por dicha cuantía económica.
4. La cuantía máxima a otorgar a cada Grupo de Investigación es de 200.000 euros y será proporcional a la actividad científico técnica desarrollada por el mismo durante los 3 años anteriores al de la publicación de la convocatoria.

 

Documentación

Trámite para formalizar la solicitud:

a) El Coordinador del Grupo de Investigación y el Responsable Legal del Agente del SECTI al que pertenezca el grupo presentarán conjuntamente la solicitud ante la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
b) La solicitud deberá formalizarse a través del formulario habilitado en la página web http://ayudaspri.gobex.es e incluirá:
b.1) La instancia de solicitud de la ayuda con los datos del Agente SECTI y del Grupo de Investigación, así como el presupuesto total solicitado y el código de referencia de la Memoria generada. No será posible generar el documento oficial de la instancia de solicitud de la ayuda sin este código de referencia.
b.2) El Plan de actividades que se pretende realizar en los tres años de ejecución de la ayuda, según modelo disponible a tal efecto en la página web http://ayudaspri.gobex.es.
b.3) Declaración del representante legal del organismo de cumplir todos los requisitos para ser beneficiario recogidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con el formulario previsto en la página web http://ayudaspri.gobex.es.
b.4) Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, se estará a lo previsto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por el que, salvo que conste oposición expresa, se presumirá que existe consentimiento para la obtención de oficio de la certificación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social o tener cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En caso de mostrar oposición el beneficiario deberá presentar los certificados correspondientes.
c) Una vez cumplimentada la solicitud en la plataforma http://ayudaspri.gobex.es, el sistema generará el documento, que deberá ser firmado, registrado y remitido en cualquiera de los lugares previstos en el 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o en las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma, artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A tal efecto, se podrán presentar las solicitudes con registro de entrada ante la oficina del Registro Único ubicadas en las dependencias del propio organismo solicitante.

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa

 

Más información

Órgano gestor

SERVICIO DE RECURSOS PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA PÚBLICA
PASEO DE ROMA, S/N MODULO D 2ª PLANTA
06800 MERIDA
mercedes.lozano@juntaex.es
924930268