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Ayudas para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i 2014-2015

Ayudas para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i 2014-2015

 

 

Plazo de presentación
  • Desde: 03 de marzo de 2015
  • Hasta: 09 de abril de 2015

 

Programa

Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i

 

Finalidad

El objetivo de esta convocatoria es la concesión de ayudas, de una duración de dos años, para mejorar la formación y empleabilidad de personal técnico y de gestión de la I+D a través de su contratación laboral en universidades, organismos y entidades de investigación del sector público a la vez que se refuerzan las actividades de investigación de los mismos y el rendimiento de infraestructuras, equipamientos científico-técnicos, laboratorios o cualquier otra instalación o servicio de carácter general o de uso común de la entidad, de carácter científico-técnico, o de gestión de la investigación.

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Podrán solicitar las ayudas los Centros de I+D: los organismos públicos de investigación reconocidos por la Ley 14/2011, Universidades públicas, otros centros públicos de I+D y entidades e instituciones sanitarias públicas.

 

Requisitos

Requisitos del personal técnico y de gestión de la I+D.

- El personal cuya contratación se cofinancie mediante las ayudas previstas en esta convocatoria deberá cumplir los siguientes requisitos en la fecha de contratación:

a) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones, de acuerdo con el puesto financiado:

1. Titulaciones universitarias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado, Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.

2. Titulaciones en el marco de la formación profesional del sistema: Técnico o Técnico Superior.

b) Estar inscrito en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El proceso de inscripción se podrá solicitar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 98 del Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, convalidado a través de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, bien de forma telemática a través de la sede del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, bien de forma no telemática para las excepciones contempladas en el citado artículo.

- Además de los requisitos anteriores, el personal cuya contratación se cofinancie no podrá estar vinculado laboralmente con la entidad con la que solicita una ayuda de esta actuación en la fecha de publicación de la convocatoria.

- Para la consecución de los objetivos perseguidos a través de esta actuación, corresponderá a las instituciones solicitantes elaborar una propuesta de actividad y un programa formativo, siendo dichas instituciones las que efectuarán, en caso de resultar beneficiarias de las ayudas, los procesos de selección y contratación del personal.

- Es una actuación enmarcada dentro de las medidas de fomento de la empleabilidad y la ocupación del Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil y del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

Tipo y cuantía

* Las ayudas tendrán una duración de dos años, y comenzarán a contar su plazo desde la fecha de incorporación del personal a su puesto de trabajo en el centro de I+D contratante.

* El coste de contratación máximo financiable para cada uno de los contratos será el siguiente, en función de las titulaciones del personal contratado:

a) 21.329,85 euros, en el caso de titulado universitario.

b) 19.479,81 euros en el caso de titulado, en el marco de la formación profesional del sistema educativo.

* La ayuda anual que se concederá para cada uno de los contratos será el 91,89% del coste de contratación máximo financiable, y será la siguiente, en función de las titulaciones del personal contratado:

a) 19.600,00 euros, en el caso de titulado universitario.

b) 17.900,00 euros en el caso de titulado, en el marco de la formación profesional del sistema educativo.

No obstante, el gasto elegible anual en ningún caso podrá suponer una cuantía superior al 91,89% del coste de contratación.

Estas ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social del personal contratado durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente. En consecuencia, el Centro de I+D debe asumir el resto del coste de contratación así como cualquier incremento retributivo correspondiente a años posteriores del personal contratado, incrementos de la cuota empresarial de la Seguridad Social o cualquier otra incidencia.

 

Documentación

Presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 3 de marzo de 2015 al 9 de abril de 2015 a las 15:00 horas (hora peninsular).

2. Las solicitudes de participación serán presentadas por los Centros de I+D, de conformidad con el procedimiento que se describe en este artículo.

3. La cumplimentación y presentación de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad, de la siguiente forma:

a) Salvo que ya estuvieran inscritos anteriormente, con carácter previo a la presentación de la solicitud tanto el representante de la entidad como la entidad solicitante se inscribirán en el Registro Unificado de Solicitantes, en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad, apartado «Registro de representante», donde deberá identificarse y definir su nombre de usuario y palabra clave.

b) El representante de la entidad cumplimentará el formulario electrónico de solicitud, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad y cuyo contenido se describe en el artículo 12. Al formulario de la solicitud deberá adjuntarse la documentación prevista en el citado artículo.

Una vez finalizada la cumplimentación, el representante de la entidad validará y enviará telemáticamente la solicitud. Este envío no implica la presentación de la solicitud, que deberá realizarse de acuerdo con el apartado siguiente.

c) El representante legal de la entidad solicitante deberá completar la presentación de la solicitud mediante su firma electrónica.

La firma se realizará en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad con un sistema de firma electrónica avanzada. El certificado electrónico deberá cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10.

El representante que firme la solicitud deberá disponer de poderes suficientes de representación de la entidad solicitante en el ámbito de esta actuación.

d) Si la presentación de la solicitud no se realiza utilizando los medios electrónicos citados en este apartado, se requerirá a la entidad solicitante, mediante publicación en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad, la correspondiente subsanación, advirtiendo que de no ser atendido dicho requerimiento en el plazo de 10 días hábiles la presentación carecerá de validez.

Contenido de las solicitudes.

1. La solicitud a cumplimentar consta de los siguientes apartados:

A) Instancia de solicitud.

B) Relación de actuaciones propuestas, indicando para cada una de ellas el título de la misma, el número de personas solicitadas y la titulación (universitaria o formación profesional) requerida para cada una de ellas así como un coordinador responsable de la formación y del desempeño del personal contratado en el ámbito de cada actuación.

2. Con la solicitud se adjuntará en formato electrónico, para cada una de las actuaciones, lo siguiente:

a) Propuesta de actividades a realizar por el personal técnico y de gestión de la I+D. Se incluirá una descripción de las actividades a realizar por el personal que se contrate, el objetivo de las actividades y una justificación de su necesidad e impacto en la entidad solicitante. Se incluirá justificación de la repercusión que tendrá en la empleabilidad del contratado la ejecución de la actividad. Se recomienda la utilización del modelo disponible para esta actuación en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad.

b) Descripción del plan de formación en el que participará el personal contratado. Se describirán el contenido, medios y recursos del plan, capacidades y competencias que se prevé adquieran los contratados, mecanismos de evaluación y monitorización del progreso del personal, y cualquier otro aspecto que se considere relevante. Si en una actuación se solicita más de una persona y se impartirán programas formativos diferentes, descripción de los diferentes programas previstos. Se recomienda la utilización del modelo disponible para esta actuación en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad.

3. A efectos del proceso de evaluación, solo se tendrá en cuenta la información contenida en los documentos anteriores en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. No será posible la actualización posterior de la información contenida en dichos documentos.

4. En cada solicitud se podrán incluir tantas actuaciones como se deseen. En cada una de las actuaciones se podrá solicitar un máximo de cinco personas.

5. En la solicitud, se incluirá declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones así como del cumplimiento de los requisitos para ser poder adjudicador y de las condiciones recogidas en el artículo 3.a) de la Orden de Bases.

Igualmente se incluirá declaración responsable de no haber recibido otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos que financien las actividades objeto de ayuda y que pudieran afectar a la compatibilidad de las ayudas contempladas en esta convocatoria.

El centro interesado deberá comunicar al órgano instructor las posibles alteraciones de las circunstancias recogidas en tales declaraciones.

6. La presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano concedente para recabar, en los casos en que sea legalmente exigible, los certificados de que el interesado se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, o en su caso las Haciendas Forales, y por la Tesorería General de la Seguridad Social.

7. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para la comunicación a terceros de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

8. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para comprobar o recabar de otros órganos, Administraciones o proveedores, por medios electrónicos, la información sobre circunstancias de los solicitantes o de las solicitudes que, de acuerdo con la convocatoria y la normativa aplicable, sean pertinentes para la instrucción del procedimiento.

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa

Resolución de 12 de enero de 2015, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se convocan ayudas correspondientes al año 2014, para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Orden ECC/1820/2014, de 26 de septiembre, por la que modifica la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

Orden ECC/2483/2014, de 23 de diciembre, por la que se modifican la Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, y la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

 

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