Calls
Convocatoria 2014 INIA- CCAA, para formación de personal investigador
Convocatoria 2014 INIA- CCAA, para formación de personal investigador
Convocatoria
Download convocatoria
Plazo de presentación
- Desde: 11 de abril de 2014
- Hasta: 03 de mayo de 2014
Finalidad
La concesión de subvenciones para financiar 50contratos predoctorales para la formación de doctores en los centros públicos de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas y en el INIA en las prioridades temáticas y líneas de investigación prioritarias que se señalan respectivamente en los Anexos 1 y 2 de esta resolución, al amparo del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+I (Subprograma de Formación) del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016.
Las subvenciones que constituyen el objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad promover y financiar la selección y formación de investigadores en los centros públicos de investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas y en el INIA, para la obtención del doctorado en los temas y líneas de investigación establecidos como prioritarios.
Destinatarios
- Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)
- Podrán ser beneficiarios de las ayudas los Organismos Públicos de Investigación agraria y alimentaria de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA.
Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir y acreditar los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden ECC/2278/2013, de 26 de noviembre.
No podrán obtener la condición de beneficiario los organismos que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el punto 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Podrán ser candidatos a ser contratados por los beneficiarios con cargo a las subvenciones y en las condiciones establecidas en la presente convocatoria las personas físicas que cumplan los requisitos que se establecen en el artículo 3.3.a) de la Orden ECC/2278/2013, de 26 de noviembre.
Requisitos
Duración y condiciones de los contratos e incorporación de los candidatos seleccionados.
1.- La incorporación de los candidatos seleccionados a los centros de investigación beneficiarios se realizará mediante contratos laborales, conforme a las modalidades de contratación establecidas en la legislación vigente.
El contrato se celebrará entre el candidato seleccionado y el centro público de investigación agraria y alimentaria de la Comunidad Autónoma, no siendo exigible al INIA, otra obligación distinta al pago de la subvención al correspondiente centro público. Por tanto, no existirá relación jurídico-laboral ni de cualquier otra naturaleza entre los investigadores contratados y el INIA.
2.- Las entidades beneficiarias dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión a la que se refiere el artículo 11 en la sede electrónica del INIA para formalizar los contratos con el personal investigador en formación y presentarlos al órgano de seguimiento recogido en el artículo 19 a través de la sede electrónica del INIA.
Los contratos se realizarán bajo la modalidad de contrato predoctoral, con dedicación a tiempo completo, y deberán tener una duración de un año a partir de la fecha de incorporación del investigador predoctoral a su puesto de trabajo.
En casos excepcionales y debidamente acreditados, el centro de I+D beneficiario podrá solicitar una ampliación del plazo de diez días hábiles para la formalización y presentación de los contratos.
3.- El personal investigador en formación que sea contratado al amparo de lo dispuesto en la presente convocatoria se deberá incorporar al centro de adscripción, y siempre previo acuerdo con éste, en un plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en la sede electrónica de la resolución de concesión. La fecha concreta de incorporación deberá quedar reflejada en los contratos, lo que no afectará a su plazo de formalización y presentación al órgano de seguimiento.
Excepcionalmente, en los casos en que sea necesario, y así se solicite utilizando el modelo disponible en la página web, el órgano de seguimiento podrá conceder una ampliación del plazo de incorporación. Para que sea efectiva la autorización de aplazamiento las entidades beneficiarias deberán enviar, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la recepción de la autorización, una adenda al contrato que indique la fecha autorizada de incorporación y la documentación recogida en el apartado 5 de este artículo.
4.- Cualquier modificación en la fecha de incorporación que se produzca después de la firma y presentación del contrato deberá ser comunicada al órgano de seguimiento.
Para que sea efectiva la nueva fecha de incorporación los centros deben presentar, antes de que se produzca la incorporación, una adenda al contrato en la cual se indique dicha fecha. En todo caso deberá estar comprendida en el período indicado en el apartado anterior.
5. Junto al contrato, los Centros de I+D deberán presentar, en formato electrónico, para cada uno de los candidatos seleccionados la siguiente documentación:
a) Documento compulsado acreditativo de la formalización de la matrícula y admisión en un programa de doctorado, expedido por la unidad responsable del programa de doctorado.
b) Programa de formación, utilizando el modelo disponible en la página web del INIA.
6.- Si no se llegara a producir la incorporación al Centro de I+D, este deberá comunicarlo al órgano concedente en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de incorporación prevista.
Las comunicaciones de renuncias recibidas dentro de los cuatro meses siguientes a partir de la fecha de publicación en la web del INIA de la resolución de concesión, podrán dar lugar a la sustitución por los candidatos de la lista de reserva, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, de acuerdo al procedimiento siguiente:
a) El Centro de I+D deberá solicitar por escrito al órgano concedente la sustitución del investigador que ha renunciado por el candidato de reserva situado en primer lugar, adjuntando a la solicitud la aceptación del candidato de reserva al contrato y la renuncia del titular.
b) En el caso de que el primer reserva no acepte, se podrá solicitar la sustitución por el siguiente o siguientes candidatos de reserva, en el caso de que existan, y respetando su orden de prelación.
Tipo y cuantía
- La cuantía de las ayudas del INIA, para los contratos de trabajo que se formalicen al amparo del Subprograma de Formación y del artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como de las sucesivas Leyes de Presupuestos, será, como máximo, de 22.508 euros anuales. Dicha ayuda financiará, como máximo, el 80 por ciento del «coste empresa», que incluye la retribución salarial bruta anual y la cuota patronal de la Seguridad Social. Corresponderá al beneficiario la aportación mínima del 20 por ciento restante del «coste empresa» del trabajador.
La dotación económica de la ayuda se podrá actualizar anualmente en el porcentaje del incremento o disminución global de las retribuciones del personal al servicio del sector público aprobado en los Presupuestos Generales del Estado para cada año.
- Las subvenciones tendrán una duración máxima de cuatro años contados a partir de la fecha de incorporación del investigador a su puesto de trabajo.
- Los trabajadores contratados al amparo del Subprograma de Formación podrán realizar «estancias en el extranjero», durante el segundo, tercer y cuarto año, previa autorización del INIA, por un periodo máximo de tres meses anuales, con el fin de ampliar conocimientos en técnicas y metodologías de equipos pioneros, cuando el desarrollo de la actividad realizada por el trabajador contratado así lo aconseje y el informe del tutor sea favorable. Los tutores deberán solicitar autorización previa al INIA, con vistas a la planificación económica y administrativa, de estas estancias en formación. Estas actividades en el extranjero estarán dotadas con la cantidad máxima de 1.500 euros mensuales o 50 euros por día. Asimismo, podrán asistir a congresos y reuniones científicas de corta duración, cursos de perfeccionamiento y realizar estancias no superiores a un mes en centros nacionales. El INIA mediante una «Ayuda paralela» colaborará con la cantidad máxima de 1.400 euros por contrato y año o la parte proporcional a los meses de duración del contrato. También se reintegrarán al beneficiario los gastos de formación del trabajador en concepto de matriculación en Universidades y Escuelas Técnicas superiores de los cursos y tasas académicas necesarias para obtener el doctorado, hasta un importe máximo de 1.000 euros, siempre que el pago se hubiera realizado después de obtener la condición de contratado al amparo de las convocatorias del Subprograma de Formación.
Las dotaciones reseñadas en los párrafos anteriores serán abonadas a las entidades beneficiarias, una vez realizado el gasto en formación o en indemnizaciones por razón de servicio del personal contratado al amparo de las convocatorias del Subprograma de Formación, tras la presentación de los justificantes.
-
Las entidades beneficiarias, en el caso de que en los contratos celebrados al amparo de este subprograma concurran situaciones de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento durante el periodo de duración del mismo, podrán solicitar la prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente al tiempo de interrupción, adjuntando a la petición el documento justificativo que cubra dicho periodo de interrupción. Esta autorización en ningún caso conllevará un aumento en la cuantía de la ayuda concedida inicialmente.
Documentación
Modelo de Solicitud en el formulario electrónico disponible en la web del INIA www.inia.es.
A la solicitud se le acompañará la documentación que se establece en la Orden de Convocatoria (Artículo 7)
Tipo de financiación
Subvención
22.508 euros anuales
Normativa
Resolución de 7 de marzo de 2014, de la Presidencia del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2014, para la formación de personal investigador en agroalimentación en los centros de investigación agraria y alimentaria INIA-CCAA (FPI-INIA), en el marco del Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.