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Ayudas para la realización de inversiones en equipamiento tecnológico de las pymes

Ayudas para la realización de inversiones en equipamiento tecnológico de las pymes

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 12 de enero de 2015
  • Hasta: 11 de febrero de 2015

 

Finalidad

Establecer una línea de ayudas para las PYMEs que realicen inversiones en bienes de equipo y/o equipamiento tecnológico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con la finalidad de fomentar su consolidación, modernización y competitividad, creando riqueza y empleo y mejorando las condiciones de trabajo de las mismas.

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Las PYMEs (microempresas, pequeñas y medianas empresas), que tengan ánimo de lucro y centro productivo y/o domicilio social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Para ser beneficiarias las empresas a las que se refiere el apartado primero deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: Personas físicas, Sociedades Anónimas, Sociedades Limitadas y Sociedades Cooperativas.

También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes y sociedades civiles que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.

 

Requisitos

1. Presentación por parte del promotor del proyecto de la correspondiente solicitud.

2. El proyecto deberá financiarse al menos en un 25 % por parte del promotor sin ningún tipo de ayuda pública.

3. El proyecto de inversión deberá estar vinculado al sector productivo en el que desarrolle su actividad el solicitante, incluido dentro de los sectores subvencionables relacionados en el artículo 5 del Decreto 280/2014.

4. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos para acceder a la subvención:

a) No haber sido condenado mediante sentencia firme o resolución firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.

b) No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin ue haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) No estar incursos la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostentan la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de incompatibilidades que establezca la normativa vigente.

e) El beneficiario deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Hacienda estatal y autonómica, así como con la Seguridad Social.

f) No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado como paraíso fiscal.

g) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

h) No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones en virtud de norma con rango de ley.

i) No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado la ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

j) Cualesquiera otras que vengan establecidas en la normativa general de subvenciones.

La justificación por parte de los solicitantes de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios señaladas en las letras anteriores, a excepción de la letra e), podrá efectuarse por certificación administrativa de la autoridad competente, pudiendo ser sustituida por una declaración expresa y responsable dirigida al órgano gestor de las ayudas, según el modelo que figura en el Anexo I.

Con respecto a la justificación de lo indicado en la letra e), la presentación de la solicitud por parte del interesado conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y por la Consejería competente en materia de hacienda de la Junta de Extremadura. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo presentar entonces la certificación correspondiente.

 

Tipo y cuantía

La cuantía de la ayuda será:

— El 45 % de la inversión considerada subvencionable cuando la empresa beneficiaria tenga la consideración de microempresa o pequeña empresa.

— El 35 % de la inversión considerada subvencionable cuando la empresa beneficiaria tenga la consideración de mediana empresa.

El importe mínimo del proyecto de inversión subvencionable a realizar será de 25.000 euros, siendo el importe máximo de la inversión subvencionable de 300.000 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) excluido en ambos casos.

 

Documentación

- Solicitud, según modelo Anexo I, acompañada de:

- Alta de terceros cumplimentada en original, firmada y sellada, en formato actualizado, en caso de no estar dado de alta en el sistema de terceros de la Junta de Extremadura.

- Declaración responsable sobre la condición de beneficiario, según modelo establecido al efecto. Si el solicitante fuese una comunidad de bienes o una sociedad civil, las cuales careciesen de personalidad jurídica, se deberá aportar una por cada comunero o socio que forme parte de la misma.

- Desglose de inversiones proyectadas.

- Memoria del Proyecto de Inversión, conforme al Anexo II, en el que se especifique claramente el título, la justificación, los objetivos, el cronograma de actividades.

- Facturas pro-forma o presupuestos de los activos por los que se solicita la subvención.

De conformidad con lo establecido en el artículo 36.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía que, en el supuesto de suministro de bienes de equipo, se establezca en la legislación de contratos del sector público para los contratos menores, se deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de solicitud de tres ofertas como mínimo de diferentes proveedores, así como la elección efectuada entre las mismas, conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

Sin la adecuada justificación en una oferta que no fuera la mas favorable económicamente, el órgano concedente podrá recabar una tasación pericial contradictoria del bien o servicio, siendo de cuenta del beneficiario los gastos ocasionados. En tal caso, la ayuda se calculará tomando como referencia el menor de los dos valores: el declarado por el beneficiario o el resultante de la tasación.

- Declaración de no inicio de las inversiones de acuerdo con el Anexo 1 apartado 7.

- Certificado del representante legal de la entidad solicitante, firmado y sellado, donde certifique las ayudas solicitadas y/o concedidas para este proyecto, indicando por cada una de ellas las inversiones comunes con el presente proyecto, la ayuda concedida y el estado de tramitación de dichas ayudas, conforme al Anexo I apartado 6.

En caso de solicitar otra ayuda con posterioridad a esta declaración, tal extremo se pondrá en conocimiento de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología.

- Declaración responsable conforme al Anexo I apartado 5.

- En el caso de empresas de base tecnológica: Certificado de la Seguridad Social relativo a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la empresa beneficiaria de los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de liquidación y copias compulsadas de todos los contratos del personal trabajador de la empresa.

- Escritura de Constitución de la sociedad y de sus modificaciones, poder del representante legal y DNI del mismo. En el caso de comunidades de bienes o sociedades civiles, deberá aportarse el documento de creación de la misma o cualquier otro documento sustitutivo de éste, relación de las personas que la integran y el porcentaje de participación de cada una de ellas, así como, documento en el que se nombre un representante o apoderado único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, les corresponden.

- La copia compulsada del DNI del representante legal se aportará si el solicitante no autorizase, en el modelo de solicitud, a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología a consultar sus datos de identidad personal y de domicilio o residencia.

- Tarjeta del Código de Identificación Fiscal (CIF), en el caso de personas jurídicas, (el solicitante podrá autorizar a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología para que realice de oficio la comprobación de autenticidad del CIF mediante la comunicación del código electrónico correspondiente) o Tarjeta del NIF., en el caso de personas físicas (el solicitante no presentará copia compulsada del DNI si autoriza, en el modelo de solicitud, a la Secretaría General de Ciencia y Tecnología a consultar sus datos de identidad personal).

- Modelo de condición de PYME conforme al Anexo III.

- Certificado que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como frente a la Seguridad Social, si no autoriza para que el órgano gestor los recabe de oficio.

- Declaración censal 036 o Certificado de situación censal.

- Copias compulsadas de las normas UNE 166.001 y 166.002 y de todos los resultados patentados protegidos que posea.

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa

Decreto 280/2014, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de inversiones en equipamiento tecnológico de las PYMEs en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria única (DOE de 12 de enero de 2015)

 

Más información

Órgano gestor

SERVICIO DE RECURSOS PARA LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
PASEO DE ROMA, S/N MODULO D 2ª PLANTA
06800 MERIDA
mercedes.lozano@gobex.es
924930268