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Ayudas para el fortalecimiento de la I+D+i mediante la movilidad de investigadores posdoctorales para el ejercicio 2017

Ayudas para el fortalecimiento de la I+D+i mediante la movilidad de investigadores posdoctorales para el ejercicio 2017

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 10 de mayo de 2017
  • Hasta: 09 de junio de 2017 23:59:00

 

Finalidad

La convocatoria de ayudas a la movilidad de investigadores doctores, para el ejercicio 2017, para la realización de actividades de investigación en una Universidad o Centro de I+D de excelencia internacional, ajeno al SECTI, con la finalidad de adquirir nuevos conocimientos dentro de las áreas de excelencia de la RIS3 Extremadura y/o líneas estratégicas del Plan Regional de I+D+i y su posterior incorporación a los Centros de Investigación del SECTI para revertir las capacidades adquiridas durante la primera etapa de formación posdoctoral.

 

Destinatarios

  • Personas físicas

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Centros de I+D+i del SECTI (en adelante Centro SECTI) siguientes:

— Universidad de Extremadura.

— Centros Públicos y Privados de I+D de Extremadura con grupos de investigación, inscritos en el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura, regulado por el Decreto 275/2014, de 22 de diciembre, por el que se crea el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y se regula la implantación del Curriculum Vitae Normalizado de I+D+i (en adelante Catálogo de Grupos).

2. Los beneficiarios deberán acreditar que no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impiden obtener la condición de beneficiario.

 

Requisitos

Requisitos del investigador doctor y cumplimiento de los mismos. 

1. Todo investigador doctor interesado en obtener un contrato con una de las entidades beneficiarias, podrá optar al mismo sin que exista una selección previa del centro SECTI y deberá cumplir los siguientes requisitos para su admisión en el proceso selectivo: 

a) Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea con residencia en España. 

b) Estar en posesión del grado de Doctor por la Universidad de Extremadura o estar en posesión de grado de Doctor por otra Universidad siempre que haya nacido o sea residente en Extremadura en el momento de la presentación de la solicitud. 

El grado de doctor deberá acreditarse en el Curriculum Vitae Normalizado (en adelante CVN) cumplimentado a través de la página web https://secti.gobex.es, mediante copia del título de doctor o copia de la certificación académica, en la que deberá figurar la fecha en la que se obtuvo el grado de doctor, así como la entidad que lo expide. 

c) Que no hayan transcurrido más de cuatro años entre la fecha de obtención del título de Doctor y la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor, la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral. 

d) Presentar un proyecto de I+D dentro de las áreas de excelencia establecidas en la RIS3 Extremadura y/o líneas estratégicas del Plan Regional de I+D+i vigente (en adelante áreas estratégicas, para referenciar ambas opciones conjuntamente) establecidas en el artículo 1.2 de la presente orden de convocatoria. 

e) Estar en posesión de una carta de aceptación expedida por el responsable del centro de I+D internacional (en adelante centro receptor) dando conformidad a la estancia y al proyecto a realizar. Esta carta deberá ir acompañada de su correspondiente traducción al castellano, excepto cuando su expedición sea en inglés.

El centro receptor deberá ser distinto a aquel en el que realizaron su formación predoctoral. A estos efectos se considera como centro donde se ha realizado la formación predoctoral a aquel donde se ha desarrollado, de modo principal, el conjunto de actividades de investigación conducentes a la obtención del título de Doctor.

f) Los investigadores doctores deberán ser aceptados por el coordinador de un grupo de investigación del centro solicitante inscritos en el Catálogo de Grupos. Este requisito se hará constar en el modelo de inscripción del investigador doctor descrito en el artículo 10.1 a) de de la presente orden de convocatoria.

g) Tener cumplimentado y acreditado su CVN, a través de la página web https://secti.gobex.es, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

h) Ser demandante de empleo en el momento de la formalización del contrato.

2. El cumplimento de los requisitos deberá acreditarse en la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, salvo el establecido en la letra h) del apartado anterior de este artículo, que deberá constatarse en el momento de la formalización del contrato por el Centro SECTI beneficiario y presentado junto a la primera justificación de la ayuda.

3. En el caso de investigadores que estén en posesión de más de un título de doctor, los requisitos establecidos en el apartado 1 del presente artículo al respecto, se referirán al primero de los títulos obtenidos.

 

Tipo y cuantía

*** El proyecto posdoctoral a realizar deberá versar sobre alguna de las áreas estratégicas establecidas, siendo veinte las ayudas convocadas, con la siguiente distribución por área: 

Agroalimentaria: 3. 

Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: 2. 

Turismo: 1. 

Salud: 3. 

Energías Limpias: 3. 

Investigación Básica: 3. 

Humanidades y Ciencias Sociales : 2. 

Economía Verde, Economía Circular y Bioeconomía: 3.

Características de la ayuda. 

1. Las ayudas irán destinadas a la formalización de un contrato por obra y servicio determinado entre el Centro SECTI beneficiario de la ayuda y el investigador doctor seleccionado, con una duración de tres años, a contar desde la fecha de firma del contrato. Durante los dos primeros años el investigador doctor realizará la estancia posdoctoral en una Universidad o Centro de I+D de excelencia internacional (en adelante centro receptor). Una vez finalizado este periodo, el investigador se incorporará al Centro SECTI beneficiario de la ayuda por el periodo restante. Este cambio de centro no supondrá en ningún caso la interrupción de la ayuda. 

2. Desde la suscripción del contrato, el investigador doctor tendrá, como máximo, 5 días hábiles para incorporarse a su destino en el centro receptor; la falta de incorporación dará lugar a lo estipulado en el artículo 27 del Decreto 34/2017, de 28 de marzo. Finalizada la primera etapa de formación posdoctoral, el investigador doctor deberá incorporarse al Centro SECTI, en un plazo máximo de 5 días hábiles. 

Ambos plazos, podrán ser ampliados en el caso de que investigador doctor no pueda incorporarse siempre que sea por causa de fuerza mayor previamente justificadas. 

3. Una vez formalizado el contrato los investigadores serán adscritos de oficio al grupo de investigación del Catálogo de Grupos con el que se opta a la ayuda.

Cuantía de las ayudas. 

1. La cuantía de ayudas a otorgar para la formalización de un contrato por obra y servicio determinado, será como máximo de 94.352,72 euros, correspondiente al coste del personal investigador doctor contratado, más la ayuda para el viaje e instalación y el coste de una póliza de seguro de enfermedad y accidentes laborales, en el supuesto de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo.

2. El coste anual del citado contrato asciende a 29.484,24 euros, calculado a partir de las tablas salariales para el año 2015 de la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Dirección General de Empleo, correspondiente al Convenio colectivo de ámbito estatal para los centros de educación universitaria e investigación.

3. La ayuda para el viaje e instalación en la ciudad del centro receptor será de 3.500 euros si está en un país no europeo, 1.500 euros si es un país europeo y 500 euros en Portugal.

4. En el caso de que el personal investigador doctor no disponga de cobertura de la Seguridad Social en el país donde se realice la actividad, se le abonará el coste de una póliza de seguro de enfermedad y accidentes laborales, por un importe máximo de 1.200 euros por año. 

 

Documentación

Plazos de presentación: 

**** El plazo de presentación de solicitudes por parte del Centro SECTI será de 10 días, a contar desde la terminación del plazo concedido para la inscripción de los investigadores doctores (hasta el 9 de junio de 2017, inclusive).

Forma de presentación de las solicitudes. 

1. Las solicitudes serán presentadas por los Centros de I+D, de conformidad con el procedimiento que se describe en este artículo y el plazo que se establece en el artículo anterior. 

a) Inscripción de los investigadores doctores: 

Para poder concurrir a la ayuda, lo primero deberá cumplimentarse y presentarse la inscripción de los investigadores, a través de los medios electrónicos habilitados a tal efecto en la sede electrónica https://sede.gobex.es, utilizándose los sistemas de firma electrónica referidos en el artículo 8 de la orden de convocatoria. 

Para la inscripción del investigador doctor se utilizará el modelo de inscripción con código CIP5696, disponible en la sede electrónica https://sede.gobex.es y en la plataforma https://secti.gobex.es. Con el siguiente procedimiento: 

a.1) En primer lugar el investigador debe cumplimentar el formulario de inscripción CIP5696 con la información requerida y adjuntar los documentos que correspondan, a través de la sede electrónica. 

a.2) Este documento debe ser firmado electrónicamente por el investigador y por el representante del Centro SECTI solicitante.
a.3) Una vez firmado por ambos, la inscripción del investigador doctor debe ser presentada finalmente mediante su registro a través del registro electrónico disponible en la sede electrónica. 

Las inscripciones registradas quedan a disposición del Centro SECTI que presenta la solicitud. 

En caso de presentarse más de una inscripción por un mismo investigador, solo será válida la última presentada, excluyéndose las restantes del procedimiento de solicitud. 

b) Presentación de la solicitud de la ayuda por el Centro SECTI: 

b.1) El Centro SECTI solicitante debe cumplimentar el formulario de solicitud de la ayuda CIP5072, disponible en la sede electrónica https://sede.gobex.es y en la plataforma https://secti.gobex.es, con la información requerida y adjuntar los documentos que correspondan. En la solicitud quedará reflejada la relación de las inscripciones de los investigadores doctores registradas previamente a través de sede electrónica. 

b.2) La solicitud debe completarse mediante la firma electrónica del representante del Centro SECTI solicitante.

b.3) La presentación de la solicitud solo se hará efectiva ante la administración una vez sea registrada por el Centro SECTI a través del registro electrónico disponible en la sede electrónica.

2. Si la solicitud se presentara presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

3. Solo se admitirá una solicitud de ayuda por Centro SECTI. En caso de presentar más de una, solo se admitirá a trámite la última solicitud presentada, el resto serán excluidas del proceso selectivo.

4. Un mismo investigador puede estar incluido en más de una solicitud de ayuda de diferentes Centros SECTI. En el supuesto de ser seleccionado con distintos centros, se otorgará la ayuda al centro con la solicitud en la que haya obtenido mayor puntuación final.

5. En el caso de discrepancias entre los datos indicados en la inscripción del investigador doctor o en la solicitud del Centro SECTI, y la documentación aportada, a efectos de su validez se tendrá en cuenta los datos contenidos en la documentación de acreditación.

6. La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento para la comunicación a terceros de los datos recogidos en la misma, con objeto del tratamiento posterior de los datos con fines históricos, estadísticos o científicos, en el marco de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas con la presentación de la solicitud se autoriza al órgano gestor de la ayuda a recabar todos los documentos que hayan sido elaborados por cualquier Administración. Se presumirá que la consulta u obtención es autorizada por los interesados salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa, lo que se hará constar específicamente para cada documento.

8. En supuestos de interrupción no planificada en el funcionamiento de registro electrónico, y siempre que sea posible, se dispondrán de las medidas para que el usuario resulte informado de esta circunstancia.

En tales supuestos, si se produjera la interrupción del servicio, u otras incidencias técnicas que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que el problema se solucione, el órgano gestor de la ayuda mediante Resolución, publicada en la sede electrónica, podrá determinar una ampliación de los plazos no vencido, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contenido de las solicitudes. 

1. Junto con la inscripción del investigador doctor, el investigador debe adjuntar en formato electrónico (pdf) la siguiente documentación:

a) Memoria del proyecto de investigación a desarrollar, según el modelo oficial disponible en la zona de descargas de la página web https://secti.gobex.es.

b) Documento de aceptación del investigador doctor por parte del Centro receptor, expedida por el responsable del centro, dando conformidad a la estancia y al proyecto a realizar.

c) Historial científico-técnico del Grupo de investigación receptor, según el modelo oficial disponible en la zona de descargas de la página web https://secti.gobex.es.

d) Historial científico-técnico del Grupo de investigación de admisión en el SECTI, según el modelo oficial disponible en la zona de descargas de la página web https://secti.gobex.es.

e) DNI/NIE del investigador doctor en caso de denegación expresa de autorización al órgano gestor para ser solicitado de oficio.

f) Cuando se trate de extranjeros europeos, documentación acreditativa de la residencia en España, en caso de denegación expresa de autorización al órgano gestor para ser solicitado de oficio. 

g) Cuando se trate de investigadores doctorados por otra universidad diferente a la de Extremadura, documento que acredite que ha nacido o tiene su residencia en Extremadura, según proceda, en caso de denegación expresa de autorización al órgano gestor para ser solicitado de oficio. 

2. Junto con la solicitud el centro SECTI solicitante debe adjuntar en formato electrónico (pdf), certificado de estar al corriente con sus obligaciones en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consejería competente en materia de Hacienda de la Junta de Extremadura, en caso de denegación expresa de autorización al órgano gestor para ser solicitado de oficio. 

3. No obstante lo anterior, y según lo previsto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido presentados previamente en la Administración, siempre que indique en qué momento y ante que órgano administrativo presentó los documentos. 

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa