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Ayudas 2016 a proyectos de I+D - Programa Estatal de Fomento de la I+D+I de Excelencia
Ayudas 2016 a proyectos de I+D - Programa Estatal de Fomento de la I+D+I de Excelencia
Plazo de presentación
- Desde: 29 de marzo de 2016
- Hasta: 22 de abril de 2016
Finalidad
Promover la ejecución de proyectos de investigación consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, aunque no existan perspectivas inmediatas de aplicación práctica y directa, y deben suponer un avance importante en el ámbito en el que se encuadren.
Destinatarios
- Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)
Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:
a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.
e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.
f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.
g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.
Requisitos
Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda.
Se valorarán (con las puntuaciones y ponderaciones establecidas en el artículo 19 de la resolución de convocatoria) los siguientes méritos:
a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación.
c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta.
Tipo y cuantía
Se distinguen dos tipos de proyectos:
a) Proyectos I+D tipo A, dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que no hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011.
b) Proyectos I+D tipo B, que es la modalidad general.
Ambos tipos podrán estar dirigidos por uno o dos investigadores principales y los proyectos podrán realizarse bajo las modalidades de proyecto individual, con un equipo de investigación, o proyecto coordinado, formado por varios subproyectos, cada uno de los cuales contará con un equipo de investigación.
* Cuantía
Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía individual se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.
El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 10 de la resolución de convocatoria.
Documentación
Las solicitudes se presentarán electrónicamente.
Acceso a la presentación telemática y a la documentación a presentar.
Se establecen distintos plazos d epresentación de solicitudes en función de la temática de la ayuda:
Plazo de presentación de solicitudes.
a) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 29 de marzo hasta el 19 de abril de 2016, a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Humanidades y Ciencias Sociales.
b) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 30 de marzo hasta el 20 de abril de 2016, a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Ciencias de la Vida y Agroalimentación.
c) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 31 de marzo hasta el 21 de abril de 2016, a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Medioambiente y Recursos Naturales.
d) Dispondrán de un plazo de presentación desde el 1 de abril hasta el 22 de abril de 2016, a las 15:00 horas (hora peninsular española) las solicitudes que correspondan a las áreas temáticas de gestión correspondientes a Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones.
Tipo de financiación
Subvención
La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 125,5 millones de euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: hasta un máximo de 80,5 millones de euros para la modalidad de subvención y hasta 45 millones de euros para la modalidad de anticipo reembolsable. Las ayudas podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Normativa
- Extracto de la Resolución de 8 de marzo de 2016
- Resolución completa de la convocatoria (pdf 262.126 KB)
-
Orden ECC/1779/2013, de 30 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas de varios subprogramas del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.
Más información
Web con información sobre la ayuda
Teléfonos y direcciones de consulta:
- Solo si se trata de una consulta general que no pueda hacerse a un departamento concreto, sgpi.secretaria@mineco.es.
- Para los asuntos de tipo informático relacionados con la aplicación de solicitud, la aplicación de firma de solicitudes o RUS, cauidi@mineco.es.
- Para asuntos relacionados con el Sistema de Entidades (SISEN), registroentidades@mineco.es.
La Dirección General de Investigación Científica y Técnica tiene su sede en Pº de la Castellana, 162. 28071 - Madrid
La Subdirección General de Proyectos de Investigación gestiona los subprogramas de proyectos de investigación. Está organizada en cuatro Departamentos Técnicos, según las Áreas temáticas de Gestión:
- DTCV (Departamento Técnico de Ciencias de la Vida y Agroalimentación) dtcv@micinn.es
- DTPC (Departamento Técnico de Tecnologías de la Producción y Comunicaciones) dtpc@micinn.es
- DTHCS (Departamento Técnico de Humanidades y Ciencias Sociales) dthcs@micinn.es
- DTMA (Departamento Técnico de Medio Ambiente y Recursos Naturales) dtma@micinn.es