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Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores 2021 de la Agencia Estatal de Investigación

Ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores 2021 de la Agencia Estatal de Investigación

 

Convocatoria
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Plazo de presentación
  • Desde: 28 de octubre de 2021
  • Hasta: 11 de noviembre de 2021 14:00:00

 

Programa

Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i

 

Finalidad

Las ayudas tienen como objeto la formación de doctores mediante la financiación de contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, a fin de que investigadores en formación realicen una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación financiado por las ayudas para proyectos de I+D del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+I, o de ayudas para proyectos de I+D+I “Retos Investigación” del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, respectivamente, en su convocatoria 2020, ambas en el marco del Plan Estatal de I+D+I 2017-2020, o un proyecto de I+D que se ejecute en un centro de I+D que haya obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, correspondientes a 2017, 2018, 2019 y 2020, o un proyectos de investigación que se desarrolle dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y que se ejecute en un centro público de I+D+i de investigación agraria y alimentaria, dependiente de una Comunidad Autónoma, y participante en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA.

A su vez, las ayudas tienen por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación postdoctoral (en adelante POP) de una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses, de aquellos doctorandos que obtengan el título de doctor con antelación al mes 43 a contar desde el inicio de la ayuda predoctoral, teniendo en cuenta que, en cualquier caso, el total de la ayuda no puede exceder los 48 meses.

 

Destinatarios

  • Personas físicas

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Que hayan obtenido una ayuda para la realización de un proyecto de investigación financiado por las ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en su convocatoria 2020, convocada por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, y que tales proyectos hayan resultado seleccionados como susceptibles de tener asociada una ayuda para la formación de doctores, a través de esta convocatoria.

También podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D Que hayan obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, correspondientes a 2017, 2018, 2019 y 2020, convocadas por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación.

Asimismo, podrán ser entidades beneficiarias los centros de I+D que sean centros públicos de I+D+i de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA y participen en proyectos de investigación que se desarrollen dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.

 

Requisitos

Requisitos de las entidades participantes.
1. Podrán ser entidades participantes y beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades de las contempladas en el artículo 3 de la orden de bases (en adelante, centros de I+D) y en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que hayan obtenido una ayuda para la realización de un proyecto de investigación financiado por las ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco  del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en su convocatoria 2020, convocada por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, y que tales proyectos hayan resultado seleccionados como susceptibles de tener asociada una ayuda para la formación de doctores, a través de esta convocatoria. 

b) Que hayanobtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, correspondientes a 2017, 2018,2019y 2020, convocadas por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación

c) Que seancentros públicos de I+D+i deinvestigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejeríasresponsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas,participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAAy participen en proyectos de investigación que se desarrollen dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2021, fijada por el Centro Nacional Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA) de lAgencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas(CSIC)

De conformidad con el artículo 3.2 del orden de bases, si algunos de los centros de I+D anteriores figuracontemplado enla disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/2011, de 1 de junio, o pertenece a la categoría del apartado c), y, en cualquiera de ambos casos, careciese de personalidad jurídica propia, constará como beneficiaria la administración pública a la que pertenezca. 

2. Los centros de I+D deberán cumplir la definición y condiciones para ser organismos de investigación y de difusión de conocimientos, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo I de la orden de bases

3. No podrán obtener la condición de entidad beneficiariaaquellas entidadesen quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 13.3de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.A los efectos de lo previsto en el artículo 13.2.e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se considerará que losbeneficiarios se encuentran al corriente de las obligacionestributariasy en el cumplimiento desus obligaciones con la Seguridad Social,conformea lo dispuesto en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, respectivamente. 

4. No podrán obtener la condición de entidad beneficiariaaquellasentidades que se encuentren incursas en un procedimiento de recuperación de ayudas por haber sido éstas declaradas ilegales e incompatibles con el mercado interior por la Comisión Europea. 

Requisitos de las personas solicitantes.

1. Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que se encuentren matriculadas o admitidas en un programa de doctoradopara el curso 2021/2022, en el momento de presentación de la solicitud. También podrán ser solicitantes todas aquellas personas que, en el momento de presentación de la solicitud, no estando matriculadas o admitidas en un programa de doctorado, estén en disposición de estarlo en la fecha en la que se formalice el contrato, de acuerdo con el artículo 18

2. No podrán ser solicitantes, ni acceder a la contratación que se incentiva, quienes cumplan cualquiera de las siguientescircunstancias: 

a) Haber iniciado su formación predoctoral con financiación de otras ayudas destinadas a la formación predoctoral a través del desarrollo de una tesis doctoral que se hayan otorgado en el marco del Plan Estatal de Investigación, Desarrolloe Innovación Tecnológica o de alguno de los anteriores Planes Nacionales.

b) Estar en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera. 

c) Haber disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses. 

 

Tipo y cuantía

La cuantía total máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 110.038.260 euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2023, o equivalentes de ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

 

Documentación

***ACCESO AL MODELO DE SOLICITUD Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

 

Tipo de financiación

Subvención

 

Normativa

 

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