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“Programa Investigo” de ayudas a la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación

“Programa Investigo” de ayudas a la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación

 

 

Plazo de presentación
  • Desde: 01 de marzo de 2022
  • Hasta: 31 de octubre de 2022

 

Finalidad

La contratación de personas menores de 30 años investigadoras, tecnólogas, personal técnico y otros perfiles profesionales en I+D+i, en organismos públicos de investigación, y difusión del conocimiento, universidades públicas, centros tecnológicos, parques científicos y tecnológicos, entidades públicas sujetas a derecho privado, y entidades privadas sin ánimo de lucro como fundaciones, junto con empresas que inviertan en investigación e innovación.

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)
  • OtrosLos agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación siguientes:

1º. Universidad de Extremadura.

2º. Centros públicos y privados de I+D+i de Extremadura.

3º. Las Fundaciones públicas que actúen como gestoras de las actividades de investigación de los Centros adscritos a la Junta de Extremadura que realicen actividades de I+D+i.

  • Entidades con centro de investigación, ciencia e innovación pertenecientes a la red del Mapa Integral de Recursos para la Empresa y el Empleo en Extremadura (MIREE), cuya relación se encuentra identificada en https://extremaduraempresarial.es/mire/listado-de-resultados/?centros-tecnologicos=on&tipo=3&localidad=.
  • Empresas privadas, independientemente de su forma jurídica, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma a través de convenios o acuerdos de colaboración con las entidades definidas en las letras a y b de este apartado.

 

Requisitos

  • No estar incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Quedan excluidas de las ayudas:

  • Las entidades que hayan sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
  • Las empresas de trabajo temporal.
  • Las entidades que desarrollen actividades pertenecientes al sector del carbón, las actividades del sector de la pesca y la acuicultura, y las actividades de producción primaria de los productos agrícolas que figuran en el Anexo I del Tratado CE, clasificados según la nomenclatura de Bruselas o nomenclatura combinada, referida a la nomenclatura arancelaria, estadística y el arancel aduanero común.

A los efectos de este decreto, se considerará que las entidades realizan aquellas actividades en las que se encuentren dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

  • Las entidades solicitantes deberán tener un centro de trabajo en Extremadura y realizar en dicho centro las actividades en las que participa la persona cuya contratación se subvenciona.
  • El puesto de trabajo por el que se solicite la subvención debe radicar en la Comunidad Autónoma de Extremadura y estar en situación de alta en un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
  • Cuando la entidad solicitante sea una empresa privada, deberá acreditar que, antes de la fecha de solicitud de la ayuda, tenga concertado con alguna de las entidades definidas en el punto 1. a) y b) del artículo 4 del decreto regulador, para el desarrollo de un proyecto de investigación que se encuadre en alguna de las áreas descritas en el artículo 6 del decreto.

 

Tipo y cuantía

Se establecen las siguientes ayudas, en función del grupo de cotización en el que se encuadre la persona objeto de subvención:

  • Grupos de cotización del 1 al 4: 33.108,92 euros por persona contratada, en el caso de contratos encuadrados en los grupos de cotización de la Seguridad Social del 1 al 4, ambos inclusive.
  • Grupos de cotización del 5 al 9: 22.405,94 euros por persona contratada, en el caso de contratos encuadrados en los grupos de cotización de la Seguridad Social del 5 al 9, ambos inclusive.

 

Documentación

  • Formularios de solicitud

Solicitud 

Modelo de Solicitud de SUBSANACIÓN

  • Anexos

Anexo de comunicación de sucesión empresarial
Anexo de sustitución de trabajadores

 

  • Cada entidad podrá presentar una solicitud por cada proyecto de investigación e innovación, en la que se especificará el número de personas por las que se solicita subvención. En cada solicitud se subvencionarán un máximo de cinco contrataciones.
  • Las solicitudes de las ayudas reguladas en el decreto de bases reguladoras y convocatorias se presentarán obligatoriamente mediante el anexo de solicitud, debidamente cumplimentado y que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda a través del Portal de Ciudadano de la Junta de Extremadura.
  • La entidad solicitante suscribirá una declaración responsable, que estará contenida en el anexo de solicitud, del cumplimiento de las condiciones para el acceso a la subvención, sin perjuicio de la posibilidad de que el órgano gestor de las ayudas consulte los sistemas de información correspondientes para verificar el cumplimento de las condiciones de los beneficiarios de la subvención. Esta comprobación podrá realizarse con anterioridad o posterioridad a la concesión de la subvención. En caso de detectarse el incumplimiento de alguna condición, procederá la denegación de la subvención o la exigencia de reintegro
  • La solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
  • En el caso de que la entidad solicitante sea una empresa privada, copia del modelo 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, o modelo 037 de Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
  • En el caso de que la entidad solicitante sea una empresa privada, certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o autorización expresa en el anexo de solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
  • En el caso de que la entidad solicitante sea una empresa privada, certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
  • Para todas las entidades solicitantes, certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico (pdf), cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
  • En caso de persona jurídica, acreditación de la representación legal de la entidad solicitante, mediante poder suficiente, en el caso de que se oponga a su obtención marcando la casilla correspondiente en el anexo de solicitud. Cuando la entidad no se oponga a su consulta, para la comprobación de oficio del documento de representación legal por el órgano gestor, la entidad deberá indicar el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo de solicitud. En caso de no aportar dicho código, la entidad deberá aportar el documento de representación.
  • En caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, aun careciendo de personalidad jurídica, copia del documento de constitución y posibles modificaciones de la misma, en formato electrónico (pdf).
  • Memoria del proyecto que van a desarrollar, con el contenido mínimo establecido en el artículo 7 del decreto 137/2021.
  • En el caso de que la entidad solicitante sea una empresa privada, acuerdo para el desarrollo de un proyecto de investigación, segín lo establecido en el artículo 16.7 del decreto de bases reguladoras y primeras convocatorias.

 

Tipo de financiación

Ayudas

 

Normativa

 

Más información

Página web del Portal del Ciudadano