Convocatorias
Ayudas a las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores en el mercado interior en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos.
Ayudas a las actividades de información y promoción llevadas a cabo por grupos de productores en el mercado interior en el marco de programas relativos a la calidad de los alimentos.
Convocatoria
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Plazo de presentación
- Desde: 12 de julio de 2017
- Hasta: 08 de agosto de 2017
Finalidad
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica a grupos de productores que realicen actividades de información y promoción en el mercado interior de los productos amparados por un régimen de calidad de los alimentos elegible.
Destinatarios
- Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)
- Otros
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas entidades, cualquiera que sea su forma jurídica, en las que entre sus integrantes se encuentren agentes económicos que participen en un régimen de calidad de productos agrícolas o productos alimenticios, considerados elegibles, en concreto:
a) Consejos reguladores de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, los cuales, como entidades de gestión de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas, integran a operadores económicos de los distintos sectores que participan en las mismas, y son entidades que gozan de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
b) Cooperativas y SAT.
c) Otro tipo de agrupaciones.
Requisitos
A) Regímenes de calidad elegibles:
- D.O.P. Ribera del Guadiana.
- D.O.P. Dehesa de Extremadura.
- D.O.P. Queso de la Serena.
- D.O.P. Queso de Ibores.
- D.O.P. Torta del Casar.
- D.O.P. Aceite de Monterrubio.
- D.O.P. Gata Hurdes.
- D.O.P. Pimentón de la Vera.
- D.O.P. Cereza del Jerte.
- I.G.P. Ternera de Extremadura.
- I.G.P. Cordero de Extremadura.
- Producción Ecológica.
B) De los beneficiarios de las Ayudas:
a) Realizar las actividades que fundamentan la concesión de subvenciones.
b) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, así como la modificación de las circunstancias que hubieren fundamentado la concesión de la subvención.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Encontrarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Hacienda estatal y autonómica, y frente a la Seguridad Social, siendo requisito previo para la concesión de la ayuda y su pago.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso. Determinación, en su caso y sin perjuicio de la contabilidad nacional, de los libros y registros contables separados o códigos contables específicos para garantizar la adecuada justificación de la subvención.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, al menos durante los cinco años siguientes al último pago en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación de las actividades en los términos establecidos en la Orden de convocatoria.
i) Cumplir con las demás obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en lo no previsto expresamente en éstos requisitos.
Tipo y cuantía
A. Gastos subvencionables.
B. Cuantía de la subvención.
La ayuda será del 70% de los gastos subvencionables. La ayuda total otorgada no podrá superar la cuantía máxima de 70.000,00 euros por beneficiario y convocatoria.
Documentación
- Formularios de solicitud
- Anexos
- Solicitud, conforme al modelo normalizado que obra en el Anexo II , que deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Autorización, que se incluye en el modelo de solicitud del Anexo II, al servicio gestor, para que pueda consultar de oficio los datos relativos a la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente y a los estatutos.
Tipo de financiación
Ayudas
Normativa
- Decreto 36/2016, de 15 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. (D.O.E. Nº 58, DE 28-03-2016)
- Orden de 22 de junio de 2017 por la que se establece la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. . (DOE de 11 de julio de 2017)
- Extracto de la Orden de 22 de junio de 2017 por la que se establece la convocatoria de ayudas a los regímenes de calidad en el marco del PDR 2014-2020, Submedida "Apoyo a actividades de información y promoción realizadas por grupos de productores en el mercado interior", en la Comunidad Autónoma de Extremadura. . (DOE de 11 de julio de 2017)
Más información
Órgano gestor
SERVICIO DE CALIDAD AGROPECUARIA Y ALIMENTARIAAVDA. LUIS RAMALLO, S/N
06800 MERIDA
maria.curiel@juntaex.es
924002370