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Ayudas 2016 a proyectos de I+D+I - Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad.

Ayudas 2016 a proyectos de I+D+I - Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad.

 

 

Plazo de presentación
  • Desde: 29 de marzo de 2016
  • Hasta: 22 de abril de 2016

 

Programa

FEDER - FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL

 

Finalidad

Conceder ayudas para la realización de proyectos de investigación sin orientación temática predefinida consistentes en trabajos experimentales o teóricos emprendidos con el objetivo primordial de obtener resultados que representen un avance significativo del conocimiento.

 

Destinatarios

  • Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)

  •  

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, e inscritas en el registro creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora.

e) Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, y normas complementarias.

f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico.

g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales centros.

 

Requisitos

Los requisitos, tanto generales como específicos de los investigadores aparecen recogidos en los Artículos 7 y 8 de las Bases.

Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda.

Se valorarán (con las puntuaciones y ponderaciones establecidas en el artículo 19 de la resolución de convocatoria) los siguientes méritos:

a) Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta.

b) Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación.

c) Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta.

 

Tipo y cuantía

Se distinguen dos tipos de proyectos:

a) Proyectos I+D tipo A, dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que no hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de I+D+I 2008-2011.

b) Proyectos I+D tipo B, que es la modalidad general.

Ambos tipos podrán estar dirigidos por uno o dos investigadores principales y los proyectos podrán realizarse bajo las modalidades de proyecto individual, con un equipo de investigación, o proyecto coordinado, formado por varios subproyectos, cada uno de los cuales contará con un equipo de investigación.

El plazo de ejecución de los proyectos y subproyectos será con carácter general de 3 o 4 años y excepcionalmente de dos.

Los investigadores principales deberán ser doctores o titulados superiores (en el caso de proyecto tipo B solicitados por centros tecnológicos) y cumplir con los requisitos de vinculación con la entidad beneficiaria, dedicación al proyecto y compatibilidad con la ejecución de otros proyectos que se especifican en los artículos 7 y 8 de la resolución de convocatoria.

Los demás miembros del equipo de investigación deberán ser doctores o titulados superiores y cumplir con los requisitos de vinculación con la entidad beneficiaria, dedicación al proyecto y compatibilidad con la ejecución de otros proyectos que se especifican en los artículos 7 y 8 de la resolución de convocatoria.

* Cuantía

Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía individual se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.

El presupuesto de las ayudas financiará gastos de personal, material inventariable y fungible, gastos de viajes, publicaciones científicas, patentes y otros gastos directamente relacionados con el proyecto, en las condiciones detalladas en el artículo 10 de la resolución de convocatoria.

 

Documentación

Las solicitudes se presentarán electrónicamente.

Acceso a la presentación telemática y a la documentación a presentar.

Se establecen distintos plazos d epresentación de solicitudes en función de la temática de la ayuda:

Plazos de solicitud

  • Áreas temáticas de gestión de Humanidades y Ciencias Sociales: 29/03/2016-19/04/2016
  • Áreas temáticas de gestión de Ciencias de la Vida y Agroalimentación: 30/03/2016-20/04/2016
  • Áreas temáticas de gestión de Medioambiente y Recursos Naturales: 31/03/2016-21/04/2016
  • Áreas temáticas de gestión de Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones: 01/04/2016-22/04/2016

 

Tipo de financiación

Ayudas

La cuantía máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 125,5 millones de euros, que se distribuyen conforme a la siguiente estimación: hasta un máximo de 80,5 millones de euros para la modalidad de subvención y hasta 45 millones de euros para la modalidad de anticipo reembolsable. Las ayudas podrán ser cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

 

Normativa

 

Más información

Web con información sobre la ayuda

Teléfonos y direcciones de consulta:

  • Solo si se trata de una consulta general que no pueda hacerse a un departamento concreto, sgpi.secretaria@mineco.es.
  • Para los asuntos de tipo informático relacionados con la aplicación de solicitud, la aplicación de firma de solicitudes o RUS, cauidi@mineco.es.
  • Para asuntos relacionados con el Sistema de Entidades (SISEN), registroentidades@mineco.es.

La Dirección General de Investigación Científica y Técnica tiene su sede en Pº de la Castellana, 162. 28071 - Madrid

La Subdirección General de Proyectos de Investigación gestiona los subprogramas de proyectos de investigación. Está organizada en cuatro Departamentos Técnicos, según las Áreas temáticas de Gestión:

  • DTCV (Departamento Técnico de Ciencias de la Vida y Agroalimentación)  dtcv@micinn.es
  • DTPC (Departamento Técnico de Tecnologías de la Producción y Comunicaciones)  dtpc@micinn.es
  • DTHCS (Departamento Técnico de Humanidades y Ciencias Sociales)  dthcs@micinn.es
  • DTMA (Departamento Técnico de Medio Ambiente y Recursos Naturales)  dtma@micinn.es