Convocatorias
Ayudas Agroambientales y Climáticas y Agricultura Ecológica para Prácticas Agrícolas compatibles con la Protección y Mejora del Medio Ambiente 2019
Ayudas Agroambientales y Climáticas y Agricultura Ecológica para Prácticas Agrícolas compatibles con la Protección y Mejora del Medio Ambiente 2019
Convocatoria
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Plazo de presentación
- Desde: 01 de febrero de 2019
- Hasta: 30 de abril de 2019
Finalidad
En la Orden de 24 de enero de 2019, se convocan ayudas para la solicitud de concesión y pago de las ayudas a su primer año de compromiso de las operaciones correspondientes al nuevo Programa de Desarrollo Rural periodo 2014-2020 de la Medida 10: Agroambiente y clima y Medida 11:Agricultura ecológica, las cuales son:
Medida 10. Agroambiente y clima.
Submedida 10.1. Pago para los compromisos agroambientales y climáticos.
Operaciones:
a)10.1.1. Producción integrada, para los siguientes cultivos:
- Arroz.
- Frutales de pepita.
- Frutales de hueso.
- Olivar.
- Tomate.
b)10.1.2. Razas autóctonas puras en peligro de extinción.
c)10.1.4. Aves esteparias y Fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos.
- 10.1.4.1. Actuación: Sistemas agrarios en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs.
- 10.1.4.2. Actuación: Agricultura de conservación en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs.
d)10.1.6. Ganadería extensiva de calidad
Medida 11: Agricultura ecológica.
Submedida 11.1. Pago para la implantación de prácticas y métodos de agricultura ecológica.
Operaciones:
- 11.1.1. Olivar.
- 11.1.2. Viñedo para vinificación.
- 11.1.3. Frutales de hueso.
- 11.1.4. Frutales de pepita.
- 11.1.5. Frutales de secano.
- 11.1.6. Herbáceos de secano.
- 11.1.7. Otras utilizaciones de la tierra (ganadería ecológica).
- 11.1.8. Apicultura ecológica.
Submedida 11.2. Pago para el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica.
Operaciones:
- 11.2.1. Olivar.
- 11.2.2. Viñedo para vinificación.
- 11.2.3. Frutales de hueso.
- 11.2.4. Frutales de pepita.
- 11.2.5. Frutales de secano.
- 11.2.6. Herbáceos de secano.
- 11.2.7. Otras utilizaciones de la tierra (ganadería ecológica).
- 11.2.8. Apicultura ecológica.
En la Orden de 24 de enero de 2019, se convoca ayuda para la solicitud de pago de las ayudas a su segundo año de compromiso de la operación 10.1.3. Apicultura para la conservación de la biodiversidad, de la Submedida 10.1 Pago para compromisos agroambientales y climáticos, Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.
En la Orden de 24 de enero de 2019, se convocan ayudas para el pago de las ayudas a su tercer año de compromiso de las operaciones correspondientes al nuevo Programa de Desarrollo Rural periodo 2014-2020 de la Medida 10 : Agroambiente y clima y Medida 11:Agricultura ecológica, las cuales son :
Medida 10. Agroambiente y clima.
Submedida 10.1. Pago para los compromisos agroambientales y climáticos.
Operaciones:
a)10.1.1. Producción integrada, para los siguientes cultivos:
- Arroz.
- Frutales de pepita.
- Frutales de hueso.
- Olivar.
- Tomate.
- Tabaco.
b)10.1.2. Razas autóctonas puras en peligro de extinción.
c)10.1.4. Aves esteparias y Fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos.
- 10.1.4.1. Actuación: Sistemas agrarios en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs.
- 10.1.4.2. Actuación: Agricultura de conservación en cultivos cerealistas para la protección de las aves esteparias en ZEPAs y/o ZECs.
d)10.1.6. Agricultura de conservación en zonas de pendiente.
Medida 11: Agricultura ecológica.
Submedida 11.1. Pago para la implantación de prácticas y métodos de agricultura ecológica.
Operaciones:
- 11.1.1. Olivar.
- 11.1.2. Viñedo para vinificación.
- 11.1.3. Frutales de hueso.
- 11.1.4. Frutales de pepita.
- 11.1.5. Frutales de secano.
Submedida 11.2. Pago para el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica.
Operaciones:
- 11.2.1. Olivar.
- 11.2.2. Viñedo para vinificación.
- 11.2.3. Frutales de hueso.
- 11.2.4. Frutales de pepita.
- 11.2.5. Frutales de secano.
- 11.2.6. Herbáceos de secano.
- 11.2.7. Otras utilizaciones de la tierra (ganadería ecológica).
- 11.2.8. Apicultura ecológica.
En la Orden de 24 de enero de 2019, se convocan ayudas para el pago de las ayudas a su cuarto año de compromiso de las operaciones correspondientes al nuevo Programa de Desarrollo Rural periodo 2014-2020 de la Medida 10 : Agroambiente y clima, Submedida 10.1. Pago para los compromisos agroambientales y climáticos las cuales son:
10.1.3. Apicultura para la conservación de la biodiversidad.
10.1.5. Ganadería extensiva de calidad.
OBJETIVO:
10.1.1. PRODUCCIÓN INTEGRADA
La Producción Integrada pretende el establecimiento de modelos sostenibles con el medio ambiente mediante la realización de actuaciones de mitigación del cambio climático e innovación en cada uno de sus procesos, donde se favorezca, entre otras acciones, un control integrado de plagas, así como el uso sostenible de los productos fitosanitarios. La Producción Integrada debe entenderse como un sistema de producción que, aprovechando al máximo los recursos y los mecanismos de producción naturales, asegure a largo plazo una agricultura sostenible, mediante la introducción de métodos biológicos y químicos de control y otras técnicas de cultivo que compatibilizan las exigencias actuales en cuanto a la calidad de la producción agraria por la sociedad, con el respeto por el medio ambiente. Este modelo de ayuda impedirá el riesgo de abandono de los cultivos acogidos a la misma así como, en consecuencia, el abandono de determinadas zonas rurales.
10.1.2. RAZAS AUTÓCTONAS PURAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN
1. El objetivo final es conseguir que las poblaciones de estas razas clasificadas en peligro de extinción experimenten un marcado incremento que permitan la descatalogación de ese status; todo ello, mediante el establecimiento de todo tipo de medidas que contribuyan a la creación de condiciones adecuadas para ello a lo largo del período que se establezca.
2. Se trata de razas que son parte del patrimonio genético y cultural de nuestro territorio, su preservación es motivo suficiente para justificar esta ayuda, pero no es el único, pues se trata de animales perfectamente adaptados al medio, que ocupan nichos ecológicos irremplazables, desde la dehesa del suroeste extremeño, hasta los bosques en el norte de la región, pasando por llanos y pastizales de enorme valor ecológico.
3. Las razas objeto de esta ayuda en la Comunidad Autónoma de Extremadura son:
- Bovino: Blanca Cacereña, Berrenda en Colorado, Berrenda en Negro, Morucha variedad Negra y Cárdena Andaluza.
- Ovino: Merina variedad negra.
- Caprino: Retinta Extremeña, Verata y Blanca Andaluza ó Serrana.
- Porcino: Ibérico variedad Torbiscal, Ibérico variedad Lampiño.
- Asnal: Gran raza asnal andaluza.
10.1.3. AYUDA A LA APICULTURA PARA LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD
La apicultura juega un papel importante en el mantenimiento de la biodiversidad y la conservación de la flora y fauna por la labor de polinización de la abeja, principal agente polinizador de la vegetación. En Extremadura podemos encontrar uno de los más importantes enclaves de biodiversidad vegetal de Europa en zonas de flora silvestre, muchas de ellas incluidas en la Red Natura 2000, por lo que esta actividad ayuda a mantener e incrementar nuestro patrimonio vegetal.
El objetivo de estas ayudas es mejorar y conservar la biodiversidad vegetal en los ecosistemas de Extremadura, en los que puedan existir especies de alto valor ecológico , además de mantener un nivel adecuado de actividad en la apicultura trashumante de Extremadura, por ser una actividad favorecedora de la conservación de la flora silvestre, muy en especial de estrato herbáceo y arbustivo, elementos claves del paisaje, manteniendo las poblaciones en municipios y áreas de delicada estabilidad, atención y cuidado del monte.
Se trata de una ayuda anual dirigida a apicultores que cumplan los compromisos establecidos durante un período de cinco años con el objetivo fundamental del mantenimiento de un nivel adecuado de actividad en la apicultura de Extremadura, las cuales tendrán unas repercusiones muy beneficiosas e insustituibles sobre la conservación de la biodiversidad de la Región.
10.1.4. AVES ESTEPARIAS Y FOMENTO DE LA AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN CULTIVOS HERBÁCEOS
- Aves esteparias
Mantener o incrementar la biodiversidad, creando un hábitat más favorable para la alimentación, nidificación y cobijo de la fauna esteparia asociada y de esta forma consolidar la presencia de poblaciones estables de esta fauna y Revalorizar las áreas de cultivo de secano dentro de las ZEPAs y/o ZECs con técnicas agronómicas que favorezcan el hábitat de la avifauna, incrementado sus poblaciones.
- Fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos
Conservación de los cultivos herbáceos de secano como sistemas productivos de gestión, ofreciendo a los agricultores una serie de incentivos que hagan viable la pervivencia de estos sistemas agrarios a veces poco productivos y rentables.
Mantenimiento del paisaje, preservando el mismo a través de las diferentes actuaciones en materia de control de ganadería, control de actuaciones culturales en los cultivos, promoción de la rotación del barbecho y protección de la flora autóctona de la zona y fauna característica de la misma.
Mantenimiento de la flora y la fauna, controlando las aportaciones de fertilizantes y productos fitosanitarios, de tal manera que se proteja a las aves y la vegetación espontánea.
10.1.5. AYUDA A LA GANADERÍA EXTENSIVA DE CALIDAD
El objeto de esta ayuda es incentivar la reducción de la carga ganadera como herramienta esencial en la búsqueda de una ganadería sostenible, favoreciendo el mantenimiento de métodos tradicionales de gestión de las explotaciones ganaderas de Extremadura, los movimientos de animales hacia explotaciones de pastos temporales ó el aprovechamiento de rastrojeras; prácticas que favorecen aun más la consecución de los objetivos, al contribuir a una menor presión de pastoreo y mejor aprovechamiento de los recursos naturales. De esta forma se trata de evitar el deterioro de los ecosistemas consecuencia de una sobreexplotación, y al mismo tiempo conservarlos, evitando el avance de especies arbustivas, con la consiguiente pérdida de pastos y el aumento del riesgo de incendios, todo ello en beneficio de la biodiversidad y la lucha contra el cambio climático, y mejorar las condiciones de bienestar animal.
El tipo de ayuda es una prima anual por hectárea dirigida a cubrir una parte de los costes adicionales y las pérdidas de ingresos como consecuencia de la pérdida de rentabilidad por el uso menos intensivo de las superficies de pastoreo. La ayuda estará modulada y la cuantía de la prima se considera suficiente para incentivar el cumplimiento de los requisitos y compromisos que exige la ayuda.
11.1. PAGO PARA LA IMPLANTACIÓN DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA
Se trata de ayudas destinadas a apoyar la entrada de productores a este modelo de agricultura ecológica, fomentando la adaptación e implicación de esos productores a la aplicación de métodos agrarios ecológicos con la protección y mejora del medio ambiente, del paisaje y sus características, de los recursos naturales y del suelo.
Se fomentará la conversión a las prácticas y métodos de producción agraria ecológica, de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria que la desarrolla.
11.2. PAGO PARA EL MANTENIMIENTO DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA
Con esta submedida se pretende fomentar el mantenimiento de las prácticas y métodos de producción agraria ecológica en la región Extremadura.
Destinatarios
- Personas físicas
- Personas jurídicas (entidades, asociaciones, empresas...)
Producción Integrada:
Persona física o jurídica, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas, que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido Registro, y con parcelas que cumplan las condiciones de admisibilidad específicos de esta operación.
Razas autóctonas puras en peligro de extinción:
Personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas, que se comprometan a realizar los compromisos agroambientales y climáticos, titulares de explotaciones inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura (REGAEX).
Ayuda a la apicultura para la conservación de la biodiversidad:
Agricultores: personas físicas o jurídicas, titulares de Explotaciones Avícolas inscritas en su totalidad, y a su nombre, en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de Extremadura, que tengan registradas al menos 150 colmenas y realicen las actuaciones y compromisos objeto de ayudas por un período de cinco años consecutivos, salvo causa de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.
Aves esteparias y Fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos:
Personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias y con parcelas que cumplan las condiciones de admisibilidad específicos de esta operación.
Ayuda a la Ganadería Extensiva de Calidad:
Se concederán a agricultores, estos son personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias que sean titulares de explotaciones agrarias inscritas en el REA y con parcelas que cumplan las condiciones de admisibilidad específicos de esta operación.
Pago para la implantación de prácticas y métodos de agricultura ecológica:
Agricultores en activo conforme aparezca recogido en la normativa nacional o autonómica, en coherencia con lo determinado en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº1307/2013, y Marco Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, que se comprometan voluntariamente a adoptar métodos de agricultura ecológicas recogidas en el Reglamento 834/2007.
Pago para el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica:
Agricultores en activo conforme aparezca recogido en la normativa nacional o autonómica, en coherencia con lo determinado en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº1307/2013, y Marco Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020, que se comprometan voluntariamente a adoptar métodos de agricultura ecológicas recogidas en el Reglamento 834/2007.
Requisitos
PRODUCCIÓN INTEGRADA
Ser persona física o jurídica, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas, que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de la Junta de Extremadura, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido Registro, realizada mediante la Solicitud Única.
Solicitar, al menos, una superficie mínima de cultivo establecida según la tabla siguiente:
TIPO DE OPERACIÓN | SUPERFICIE MÍNIMA SUBVENCIONABLE |
Producción Integrada del Arroz | 0,5 ha. |
Producción Integrada de Olivar | 1 ha. |
Producción integrada de Frutales de Hueso | 0,5 ha. |
Producción integrada de Frutales de Pepita | 0,5 ha. |
Producción integrada de Tomate para Transformación Industrial | 1 ha. |
Producción integrada del Tabaco | 0,3 ha. |
RAZAS AUTÓCTONAS PURAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN
Personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas, con explotaciones inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura (REGAEX).
Tener animales pertenecientes a alguna de las razas objeto de la ayuda, declarados y validados en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura (REGAEX).
Pertenecer a un organismo técnico competente debidamente reconocido que registra y lleva al día el libro genealógico o libro zootécnico de la raza.
Tener los animales objeto de ayuda Inscritos en el Libro de Registro Oficial de la raza.
Serán elegibles, y por tanto objeto de concesión, los animales de las razas mencionadas, que a fecha de solicitud de la ayuda cuenten con la siguiente edad:
- Bovinos, porcinos y asnos, al menos 6 meses.
- Ovinos y caprinos, al menos 1 año.
Contar con un censo mínimo de animales para cada raza por la que se solicite ayuda. El mismo se establece en:
- Bovino y porcino: 5 Hembras y 1 macho.
- Ovino y Caprino: 15 Hembras y 1 macho.
- Asnos: 1 animal, macho o hembra.
En las especies bovina, ovina, caprina y porcina, el macho podrá ser sustituido por inseminación artificial. En este caso el titular deberá acreditar mediante certificado veterinario que el material reproductivo usado procede de un macho de la misma raza inscrito en el libro oficial de la misma.
AYUDA A LA APICULTURA PARA LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD:
1. Requisitos de admisibilidad
- Tener identificadas la totalidad de sus colmenas tal y como establece la normativa Nacional y Autonómica.
- Estar inscritos en el Registro de Explotaciones Apícolas de Extremadura, con al menos 150 colmenas.
2. Compromisos
- Disponer de Plan de Explotación.
- Cada colmenar no tendrá más de 100 colmenas.
- Las colmenas deberán permanecer en nuestra Comunidad Autonómica desde el 1 de diciembre al 30 de abril pudiéndose mover durante este período dentro de la región de Extremadura por las zonas de biodiversidad frágil declaradas en nuestra región. Durante este período si se realizaran movimientos obligatoriamente deberán permanecer al menos 1 mes en cada asentamiento. Durante el resto del año las colmenas podrán realizar la trashumancia dentro y fuera de la región, con la obligatoriedad que al menos el 20% de ellas permanecerán en nuestra Comunidad Autónoma en las referidas zonas de biodiversidad frágil.
- La distancia entre colmenares será superior a 1 km.
- Mantener cumplimentado y debidamente actualizado el cuaderno de explotación.
- Las explotaciones deberán estar en producción.
- Será de obligado cumplimiento la identificación, en la solicitud de ayuda y en el cuaderno de explotación, de los asentamientos de las colmenas, mediante la expresión del municipio y de las coordenadas X e Y en la proyección UTM en el sistema que aparezca en la correspondiente orden de convocatoria.
AVES ESTEPARIAS Y FOMENTO DE LA AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN CULTIVOS HERBÁCEOS:
a) AVES ESTEPARIAS
Ser persona física o jurídica, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas, que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de la Junta de Extremadura, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido Registro, realizada mediante la Solicitud Única.
1. Son elegibles las siguientes Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAs) y las Zonas de Especial Conservación (ZECs) de aves esteparias de la Red Natura 2000, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
NOMBRE DEL LUGAR | CODIGO LUGAR |
Arrozales de Palazuelo y Guadalperales | ES0000400 |
Campiña sur - Embalse de Arroyo Conejos | ES0000325 |
Cañada del Venero | ES4320062 |
Dehesas de Jerez | ES4310004 |
Embalse de la Serena | ES0000397 |
Embalse de los Canchales | ES0000327 |
Embalse de Orellana y Sierra de Pela | ES0000068 |
Embalse de Talaván | ES0000418 |
Embalse del Zújar | ES0000399 |
Embalse Gabriel y Galán | ES0000421 |
Granadilla | ES4320013 |
La Serena | ES4310010 |
La Serena y Sierras Periféricas | ES0000367 |
Llanos de Alcántara y Brozas | ES0000369 |
Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes | ES0000071 |
Llanos de Trujillo | ES0000332 |
Llanos de Zorita y Embalse de Sierra Brava | ES0000333 |
Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera | ES0000398 |
Magasca | ES0000425 |
Puerto Peña - los Golondrinos | ES4310009 |
Sierras Centrales y Embalse de Alange | ES0000334 |
Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta | ES0000408 |
b) FOMENTO DE LA AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN CULTIVOS HERBÁCEOS:
1. Personas físicas o jurídicas, titulares de explotaciones agrarias, así como los titulares de explotaciones agrarias compartidas que tengan inscritas las mismas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias, de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de la Junta de Extremadura, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido Registro, realizada mediante la Solicitud Única.
2. Son elegibles las siguientes Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPAs) y las Zonas de Especial Conservación (ZECs) de aves esteparias de la Red Natura 2000 de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
NOMBRE DEL LUGAR | CODIGO LUGAR |
Arrozales de Palazuelo y Guadalperales | ES0000400 |
Campiña sur - Embalse de Arroyo Conejos | ES0000325 |
Cañada del Venero | ES4320062 |
Dehesas de Jerez | ES4310004 |
Embalse de la Serena | ES0000397 |
Embalse de los Canchales | ES0000327 |
Embalse de Orellana y Sierra de Pela | ES0000068 |
Embalse de Talaván | ES0000418 |
Embalse del Zújar | ES0000399 |
Embalse Gabriel y Galán | ES0000421 |
Granadilla | ES4320013 |
La Serena | ES4310010 |
La Serena y Sierras Periféricas | ES0000367 |
Llanos de Alcántara y Brozas | ES0000369 |
Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes | ES0000071 |
Llanos de Trujillo | ES0000332 |
Llanos de Zorita y Embalse de Sierra Brava | ES0000333 |
Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera | ES0000398 |
Magasca | ES0000425 |
Puerto Peña - los Golondrinos | ES4310009 |
Sierras Centrales y Embalse de Alange | ES0000334 |
Vegas del Ruecas, Cubilar y Moheda Alta | ES0000408 |
3. Serán admisibles aquellas explotaciones que tengan una superficie mínima de siembra de cultivos herbáceos de secano de 5 hectáreas.
AYUDA A LA GANADERÍA EXTENSIVA DE CALIDAD:
1.Requisitos de admisibilidad
- Ser titulares de explotaciones ganaderas extensivas, inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura.
- Contar como mínimo con 10 ha. de superficie elegible, entendiendo como tal la superficie inscrita y validada en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura como pasto, pasto permanente ó superficie forrajera y que forme parte de la explotación ganadera por la que solicita la ayuda.
- Mantener en la explotación ganadera por la que solicita la ayuda, al menos 5 UGM de una o varias de las especies elegibles.
- Especies elegibles: Bovinos de al menos 12 meses de edad (queda excluida la raza de lidia). Ovinos y caprinos reproductores.
2. Compromisos:
- Realizar pastoreo en régimen extensivo en la explotación ganadera objeto de ayuda, con animales de las especies elegibles. Este compromiso se entenderá cumplido cuando el pastoreo se realice durante al menos el periodo que va del 1 de octubre al 31 de mayo de cada anualidad por la que se solicita ayuda.
- Mantener una carga ganadera en la explotación objeto de ayuda, comprendida entre 0,2 y 0,5 UGM/ha. Este compromiso se debe observar durante todo el año.
- Mantener en adecuado estado de conservación y uso, los elementos de gestión ganadera de la explotación objeto de ayuda.
- Presentación de un Plan de Explotación.
PAGO PARA LA IMPLANTACIÓN DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA:
Las superficies subvencionables se encontrarán dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, además, serán requisitos de admisibilidad para ser beneficiario de la ayuda:
1. Requisitos comunes:
- La explotación, los cultivos, ganadería y colmenas, por los que se solicita la ayuda deberán estar inscritos a nombre del beneficiario y certificados por el Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica de la Dirección General de Agricultura y Ganadería con la calificación “sin denominación” (S.D.), o “reconversión” (R).
- Los beneficiarios deben cumplir con los requisitos, ya referidos, de agricultor activo.
2. Requisitos específicos:
a) Agricultura ecológica:
- Las explotaciones agrarias deberán estar, a nombre del titular, inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, de la Junta de Extremadura, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria de referido Registro.
- Para ser beneficiario de las ayudas de agricultura ecológica deberán solicitar, al menos, una superficie mínima de cultivo que se relaciona:
Tipo de operación | Superficie mínima |
Producción Ecológica del Olivar | 1 ha |
Producción Ecológica de Viñedo para vinificación | 1 ha |
Producción Ecológica de Frutales de Hueso | 0,5 ha |
Producción Ecológica de Frutales de Pepita | 0,5 ha |
Producción Ecológica de Frutales de Secano | 1 ha |
Producción Ecológica en cultivos Herbáceos de secano | 3 ha |
b) Ganadería ecológica:
- Ser titulares de explotaciones ganadera inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura (REGAEX) y contar con especie/es destinadas a la producción de alimentos.
- Superficie mínima de utilización para ganadería ecológica: 1ha.
c) Apicultura ecológica:
Estar inscritos en el Registro de Explotaciones Apícolas, a su nombre, al menos con 150 colmenas.
PAGO PARA EL MANTENIMIENTO DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA:
1. Requisitos comunes:
- Explotaciones agrarias de toda la Comunidad Autónoma de Extremadura que tengan como orientación las operaciones contempladas en la medida, cumpliendo con los reglamentos de agricultura ecológica, que se encuentren inscritas en su totalidad, y a su nombre, en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido Registro, que mantengan las unidades objeto de ayuda sin variación en dicho registro, y realicen las actuaciones y compromisos objeto de ayuda por el periodo establecido.
- Los beneficiarios deben cumplir con los requisitos de agricultor activo.
2. Requisitos específicos:
- Agricultura ecológica:
- Titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, o encontrarse recogidas en la actualización obligatoria del referido Registro, de la Junta de Extremadura.
- Para ser beneficiario de las ayudas de agricultura ecológica deberán solicitar, al menos, una superficie mínima de cultivo que se relaciona:
Tipo de operación | Superficie mínima |
Producción Ecológica del Olivar | 1 ha |
Producción Ecológica de Viñedo para vinificación | 1 ha |
Producción Ecológica de Frutales de Hueso | 0,5 ha |
Producción Ecológica de Frutales de Pepita | 0,5 ha |
Producción Ecológica de Frutales de Secano | 1 ha |
Producción Ecológica en cultivos Herbáceos de secano | 3 Ha. |
b. Ganadería ecológica:
- Ser titulares de explotaciones ganadera inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Extremadura (REGAEX) y contar con especie/es destinadas a la producción de alimentos.
- Superficie mínima de utilización para ganadería ecológica: 1ha.
c. Apicultura ecológica:
- Estar inscritos en el Registro de Explotaciones Apícolas al menos con 150 colmenas.
Tipo y cuantía
PRODUCCIÓN INTEGRADA
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
TIPO DE OPERACIÓN | IMPORTE DE LA AYUDA |
Producción integrada del Arroz | 250 €/ha |
Producción integrada del Olivar | 150 €/ha |
Producción integrada de Frutales de Hueso | 200 €/ha |
Producción integrada de Frutales de Pepita | 155 €/ha |
Producción integrada del Tomate para transformación industrial | 219 €/ha |
2. Modulación
Para esta “Operación” se aplicará la siguiente modulación, establecida en:
- Desde la superficie mínima hasta 40 ha: 100% de la prima.
- Superior a 40 ha, y hasta 80 ha: 60% de la prima.
- Superior a 80 ha, y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
RAZAS AUTÓCTONAS PURAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN:
El importe de la prima anual se establece en 130 euros por UGM.
AYUDA A LA APICULTURA PARA LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD:
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
La prima establecida para la “Operación” de “Apicultura para la conservación de la biodiversidad” se establece en 23,28 €/colmena que representa los costes adicionales y pérdida de ingresos evaluados en la operación de apicultura, atendiendo al articulo 28 apartado 6 del Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo.
2. Modulación
Para esta “Operación” se aplicará la siguiente modulación, establecida en:
- Desde el número mínimo exigido hasta 350 colmenas: 100% de la prima.
- Superior a 350 colmenas hasta las 500 colmenas: 60% de la prima.
El número máximo de colmenas subvencionables es de 500 unidades.
AVES ESTEPARIAS Y FOMENTO DE LA AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN CULTIVOS HERBÁCEOS:
A) AVES ESTEPARIAS
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
La prima anual, en €/ha, para esta “Actuación” se realizará en función de la productividad de la superficie afectada (consultar Decreto).
2. Modulación
- Desde la superficie mínima hasta 40 ha.: 100% de la prima.
- Superior a 40 ha. y hasta 80 ha.: 60% de la prima.
- Superior a 80 ha. y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
B) FOMENTO DE LA AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN EN CULTIVOS HERBÁCEOS:
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
La prima anual propuesta es de 65 €/ha.
2. Modulación
- Desde la superficie mínima hasta 40 ha: 100% de la prima.
- Superior a 40 ha. y hasta 80 ha: 60% de la prima.
- Superior a 80 ha. y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
AYUDA A LA GANADERÍA EXTENSIVA DE CALIDAD:
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
— La ayuda se establece en 25 € por hectárea elegible.
— La superficie subvencionable será de 2 Ha. por U.G.M de las especieselegibles.
2. Modulación
En cuanto a la presente operación de ganadería extensiva de calidad, se aplicará la siguiente modulación:
A) Para explotaciones incluidas en Red Natura 2000, o explotaciones con Denominación de Origen Protegida o Indicación Geográfica Protegida:
• Desde la superficie mínima hasta 100 ha : 100% de la prima.
B) Para el resto de explotaciones:
• Desde la superficie mínima hasta 50 ha.: 100% de la prima.
Las equivalencias para el cálculo de las U.G.M.s, son las siguientes:
– Vacuno de más de 2 años: 1 U.G.M.
– Vacuno de 6 meses a 2 años: 0,6 U.G.M.
– Caprino de un año en adelante: 0,15 U.G.M.
– Ovino de un año en adelante: 0,15 U.G.M.
– Equino de 6 meses en adelante: 1 U.G.M.
- Porcino reproductor: 0,5 U.G.M
- Porcino de cebo: 0,3 U.G.M
PAGO PARA LA IMPLANTACIÓN DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA.
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
1. El importe de las primas, para las operaciones de la Submedida “Pago para la implantación de prácticas y métodos de agricultura ecológica”, son las siguientes:
TIPO DE OPERACIÓN | IMPORTE DE LA AYUDA |
Producción Ecológica del Olivar | 322,30 €/ha |
Producción Ecológica de Viñedo para vinificación | 276,10 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Hueso | 440,00 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Pepita | 397,10 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Secano | 144,10 €/ha. |
Producción Ecológica en cultivos Herbáceos de secano | 144,10 €/ha. |
Ganadería Ecológica. La superficie subvencionable será de 2 ha. por U.G.M) | 72,60 €/ha. |
Apicultura ecológica | 43,49 €/colmena |
2. Para las operaciones de adopción de prácticas y métodos de producción ecológica de olivar, de viñedo para vinificación, de frutales de hueso, de frutales de pepita y de frutales de secano, y que se realicen en parcelas con pendiente superior al 15%, la ayuda es la siguiente:
TIPO DE OPERACIÓN | IMPORTE DE LA AYUDA |
Producción Ecológica del Olivar | 371 €/ha. |
Producción Ecológica de Viñedo para vinificación | 306 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Hueso | 543 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Pepita | 480 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Secano | 188 €/ha. |
2. Modulación:
- Para las siguientes operaciones:
11.1.1.-Producción ecológica del olivar,
11.1.2.- Producción ecológica de viñedo para vinificación.
11.1.3.- Producción ecológica frutales de hueso.
11.1.4.- Producción ecológica frutales de pepita.
11.1.5.- Producción ecológica de frutales de secano.
11.1.6. Producción ecológica de herbáceos de secano.
Se establece la siguiente modulación:
- Desde la superficie mínima hasta 40 ha: 100% de la prima.
- Superior a 40 ha. y hasta 80 ha: 60% de la prima.
- Superior a 80 ha. y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
b. Para la operación 11.1.7. Otras utilizaciones de la tierra (Ganadería ecológica), los rangos de modulación son:
- Desde la superficie mínima hasta 300 ha: 100% de la prima.
- Superior a 300 ha y hasta 600 ha: 60% de la prima.
- Superior a 600 ha y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
c. Para la operación 11.1.8. Apicultura ecológica los rangos de modulación son:
- Desde la superficie mínima hasta 350 colmenas: 100% de la prima.
- Superior a 350 colmenas y hasta 500 colmenas: 60% de la prima.
PAGO PARA EL MANTENIMIENTO DE PRÁCTICAS Y MÉTODOS DE AGRICULTURA ECOLÓGICA:
1.Importes aplicables y porcentajes de la ayuda
El importe de la ayuda por operación es la siguiente:
TIPO DE OPERACIÓN | IMPORTE DE LA AYUDA |
Producción Ecológica del Olivar | 293 €/ha. |
Producción Ecológica de Viñedo para vinificación | 251 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Hueso | 400 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Pepita | 361 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Secano | 131 €/ha. |
Producción Ecológica en cultivos Herbáceos de secano | 131 €/ha. |
Ganadería Ecológica. La superficie subvencionable será de 2 ha. por U.G.M | 66 €/ha. |
Apicultura ecológica | 39,54 €/colmena |
Para las operaciones de mantenimiento de prácticas y métodos de producción ecológica de olivar, de viñedo para vinificación, de frutales de hueso, frutales de pepita y frutales de secano, y que se realicen en parcelas con pendiente superior al 15%, la ayuda es la siguiente:
TIPO DE OPERACIÓN | IMPORTE DE LA AYUDA |
Producción Ecológica del Olivar | 339 €/ha. |
Producción Ecológica de Viñedo para vinificación | 277 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Hueso | 460 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Pepita | 415 €/ha. |
Producción Ecológica de Frutales de Secano | 170 €/ha. |
2. Modulación:
- Para las siguientes operaciones:
a) 11.2.1.- Producción ecológica del olivar.
b) 11.2.2.- Producción ecológica de viñedo para vinificación.
c) 11.2.3.- Producción ecológica frutales de hueso.
d) 11.2.4.- Producción ecológica frutales de pepita.
e) 11.2.5.- Producción ecológica de frutales de secano.
f) 11.2.6.- Producción ecológica de herbáceos de secano.
Se establece la siguiente modulación:
- Desde la superficie mínima hasta 40 ha.: 100% de la prima.
- Superior a 40 ha. y hasta 80 ha.: 60% de la prima.
- Superior a 80 ha. y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
2. Para la operación 11.2.7. Otras utilizaciones de la tierra (Ganadería ecológica), los rangos de modulación son:
- Desde la superficie mínima hasta 300 ha: 100% de la prima.
- Superior a 300 ha y hasta 600 ha: 60% de la prima.
- Superior a 600 ha y hasta el total de la superficie acogida: 30% de la prima.
3. Para la operación 11.2.8. Apicultura ecológica, los rangos de modulación son:
- Desde la superficie mínima hasta 700 ha.(350 colmenas): 100% de la prima.
- Superior a 700 ha. (350 colmenas) y hasta 1.000 ha. (500 colmenas): 60% de la prima.
Documentación
Los solicitantes de ayudas de 1º año de compromiso deberán presentar Plan de explotación, firmado por técnico competente, asesor durante el periodo el compromiso debidamente cumplimentado. En su caso, se presentará a través del trámite telemático habilitado para tal fin en la iniciativa ARADO/LABOREO del Portal oficial de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio.
El resto de documentos necesarios especificado en la orden de convocatoria, para cumplir los requisitos y compromisos específicas de cada una de las ayudas, en vez de aportarla, presentarán, mediante el modelo establecido en el formulario de Solicitud Única, declaración responsable en la que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumplen con las exigencias requeridas para la concesión y/o pago de cada una de las líneas de ayudas, que disponen de los documentos que así lo acreditan, y que los pondrán a disposición de esta Administración cuando le sean requeridos.
Tipo de financiación
Ayudas
Normativa
- Decreto 211/2016, de 28 de diciembre, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas, y agricultura ecológica para prácticas agrícolas compatibles con la protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura y por el que se modifica el Decreto 8/2016, de 26 de enero, por el que se regula la ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 5, de 9-01-2017)
- DECRETO 9/2016, de 26 de enero, por el que se regula el régimen de ayudas agroambientales y climáticas y agricultura ecológica para prácticas agrícolas compatibles con la protección y mejora del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 18, DE 28-01-2016)
- Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas a razas autóctonas en peligro de extinción según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas para la adopción de prácticas y métodos de agricultura ecológica según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas aves esteparias y fomento de la agricultura de conservación en cultivos herbáceos según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas a la ganadería extensiva de calidad según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas de apicultura para la conservación de la biodiversidad según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas de producción integrada (Excep. PI Tabaco) según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
- Extracto de las ayudas para el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica, según la Orden de 24 de enero de 2019 por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de Extremadura, Operadores-Productores Integrados, General de la Producción Agrícola de ámbito nacional y actualización de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Campaña 2019/2020. (D.O.E. Nº 20, DE 30-01-2019)
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