Ofrecer una subvención única a tanto alzado y excepcional destinada a las explotaciones agrícolas del sector del arroz y maíz afectadas por la sequía meteorológica en determinadas comarcas agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y por la situación de incremento de costes de cultivo derivadas de las consecuencias de la invasión de Ucrania por parte de Rusia
Agricultores/as y explotaciones agrarias.
1. Serán beneficiarias de esta subvención las siguientes:
— Titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de barbecho u otro cultivo diferente a arroz, tomate, maíz o cultivos permanentes en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de maíz en la campa ña 2021 comprendidos exclusivamente dentro de la zona regable oficial de Orellana.
— Titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de otro cultivo diferente a barbecho, arroz, tomate, maíz o cultivos permanentes en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de arroz en la campa ña 2021 comprendidos en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Titulares de explotaciones agrarias superiores a 30 hectáreas de superficie, con recintos declarados y validados de barbecho en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de arroz en la campaña 2021 comprendidos en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Además tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener la consideración de agricultor o agricultora.
b) Tener inscrita la explotación en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura por declaración Solicitud Única 2022.
c) No incurrir en causa legal de prohibición para obtener subvenciones públicas del artículo 12 apartado 2, de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (a excepción, en su caso, de la prevista en la letra e) del apartado 2 de dicho artículo).
d) Actuar en el procedimiento de otorgamiento de subvenciones por sí, mediante representación reconocida por certificado válido de firma electrónica o mediante representación acreditada en la plataforma Arado.
e) Realizar la solicitud (Anexo) y todas las comunicaciones por vía telemática a través de la Plataforma ARADO.
f) No oponerse a la comprobación de oficio de cuantos datos y requisitos sean exigidos para la percepción y cobro de estas subvenciones.
a) Para titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de barbecho en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de maíz en la campaña 2021 comprendidos exclusivamente dentro de la zona regable oficial de Orellana, la ayuda será de 400 euros por hectárea.
b) Para titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de cultivos diferentes a barbecho, arroz, tomate, maíz y cultivos permanentes en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de maíz en la campaña 2021 comprendidos exclusivamente dentro de la zona regable oficial de Orellana, la ayuda será de 300 euros por hectárea.
c) Para titulares de explotaciones agrarias con recintos declarados y validados de otro cultivo diferente a barbecho, arroz, tomate, maíz o cultivos permanentes en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de arroz en la campaña 2021 comprendidos en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura, la ayuda será de 300 euros por hectárea.
d) Para titulares de explotaciones agrarias superiores a 30 hectáreas de superficie, con recintos declarados y validados de barbecho en 2022 en aquellas superficies sigpac que fueron declaradas y validadas como cultivo de arroz en la campaña 2021 comprendidos en toda la Comunidad Autónoma de Extremadura, la ayuda será de 500 euros por hectárea elegible. Se considerará elegible la superficie declarada y validada exclusivamente que exceda de las primeras 30 hectáreas de las superficie total de la explotación agraria.
El importe total de la ayuda de mínimis que se conceda a cualquier beneficiaria no podrá exceder de 25.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.
Las solicitudes serán cumplimentadas a través del portal oficial de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, a través de la plataforma ARADO: https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login